El TJUE anula la retirada de la inmunidad a Puigdemont por el Parlamento Europeo
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha anulado la decisión del Parlamento Europeo de retirar la inmunidad a Carles Puigdemont y a los exconsellers Toni Comín y Clara Ponsatí.
El Tribunal de Justicia de la UE considera que la imparcialidad del ponente de la resolución que les dejó sin inmunidad estaba en entredicho porque pertenecía al mismo grupo político que Vox, "que promovió el proceso penal" contra ellos en España.
El Tribunal de Justicia de la UE considera que la imparcialidad del ponente de la resolución que dejó sin inmunidad a Puigdemont estaba en entredicho porque pertenecía al mismo grupo político que Vox, "que promovió el proceso penal" contra el expresident y los dos exconsellers.
Así las cosas, señala que la designación del ponente de los suplicatorios para suspender su inmunidad "era contraria a la exigencia de imparcialidad".
"Potenciales afinidades"
Según la corte de Luxemburgo, para garantizar la imparcialidad del ponente que instruye el suplicatorio de suspensión de la inmunidad, el Parlamento ha establecido la regla de que "no puede pertenecer al mismo grupo político que el diputado cuya inmunidad se examina". Porque, argumenta, las "potenciales afinidades" entre ellos podrían suscitar "dudas legítimas" sobre su imparcialidad.
Un supuesto que no se da en este caso. No obstante, precisa que "en aras de la coherencia, el Parlamento también debe excluir a un ponente que sea miembro del grupo político al que pertenecen diversos diputados del partido político que ha promovido el proceso penal contra el diputado cuya inmunidad se examina". Algo que sí sucede en el caso del "procés", pues Vox denunció los hechos y ejerce la acusación popular en el procedimiento contra Puigdemont, Comín y Ponsatí.
Según el TJUE, si se da este último supuesto el ponente "podría percibirse como no imparcial y su designación sería contraria al derecho a una buena administración". En consecuencia, concluye que el Tribunal General de la UE "incurrió en error" al estipular que el hecho de que el ponente perteneciera al mismo grupo de la Eurocámara en el que Vox se integra "era irrelevante" a la hora de apreciar una posible imparcialidad.
El ponente organizó un acto de Vox
Asimismo, la corte de Luxemburgo afirma que el Tribunal General "pasó por alto un elemento especialmente pertinente para la exigencia de imparcialidad". Y es que el 6 de marzo de 2019, la persona que sería posteriormente designada ponente organizó un evento en el que intervino el secretario general de Vox sobre "Cataluña es España".
En aquel momento, Vox ya había entablado el proceso penal contra los políticos independentistas, recuerda, por lo que la organización de ese acto "era indicativa no solo de un apoyo a las ideas políticas de dicho partido sobre la situación en Cataluña, sino también de una posición favorable al procesamiento" de los tres eurodiputados.
Así, el TJUE anula las decisiones del Parlamento que retiraron la inmunidad a Puigdemont, Comín y Ponsatí porque se adoptaron "sobre la base de sendos informes que deberían haberse considerado nulos, puesto que la designación del ponente era contraria a la exigencia de imparcialidad".
Aval al Supremo para investigarlos
Puigdemont, Ponsatí y Comín (el único que continúa siendo eurodiputado) fueron elegidos miembros del Parlamento Europeo en las elecciones del 26 de mayo de 2019, lo que llevó al Tribunal Supremo (TS) a solicitar a la Eurocámara que suspendiera su inmunidad parlamentaria.
El 9 de marzo de 2021, el Parlamento Europeo accedió a la petición, lo que dejaba la puerta abierta para que el alto tribunal pudiera actuar penalmente contra ellos, huidos de la Justicia española desde 2017 (aunque Ponsatí regresó a nuestro país en marzo de 2023 tras la derogación del delito de sedición).
Fue entonces cuando los tres políticos independentistas instaron al Tribunal General a anular esa decisión, pero su recurso fue desestimado en julio de 2023, lo que llevó a Puigdemont, Comín y Ponsatí a recurrir la sentencia ante el Tribunal de Justicia de la UE.