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El Tribunal Constitucional se rompe por sus continuas correcciones al Supremo: "Lo hemos sustituido"

La última corrección del Tribunal Constitucional al Supremo a cuenta del aval de un nombramiento de la ex fiscal general del Estado Dolores Delgado ha vuelto a levantar ampollas dentro de la institución. Fuentes del tribunal de garantías consultadas por LA RAZÓN advierten del peligro institucional que supone la cascada de enmiendas del órgano bajo la presidencia de Cándido Conde-Pumpido. A su juicio, se ha pasado de corregir decisiones de calado del alto tribunal a reemplazarle como máximo intérprete de la ley.

"No solo hemos corregido al Tribunal Supremo. También lo hemos sustituido", comentan las voces consultadas por este medio. Esta pasada semana, la mayoría progresista del TC tumbó dos sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo que habían anulado previamente el nombramiento de Eduardo Esteban como fiscal de Sala de Menores. La propuesta de Delgado por este fiscal vino envuelta en polémica, toda vez que en abril de 2022 el Supremo ya anuló su primera designación de Esteban por no estar motivada, especialmente ante la "enorme diferencia" en cuanto a méritos entre el favorito de la entonces fiscal general y el resto de candidatos.

Sin embargo, Delgado volvió a proponerle en un movimiento que también tumbó el Supremo incidiendo en que se había elegido a un candidato "sin ninguna experiencia" para el puesto frente a otro que había acreditado ser un "verdadero especialista" en materia de menores. Ahora el Tribunal Constitucional ha vuelto a enmendarle en tanto que no solo ha admitido los recursos de Esteban, sino que concluye que el Supremo desvirtuó el régimen legal de los nombramientos discrecionales y otorgó un trato desigualitario al fiscal. Para la mayoría progresista, el alto tribunal vulneró su derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad al cargo público.

De "el Rastas" a Otegi

Contra la resolución del sentir mayoritario han interpuesto voto particular tres de los cuatros magistrados del bloque conservador. Se trata de una tónica habitual en las deliberaciones del tribunal de garantías, en las que, no pocas veces, el bloque en minoría advierte sobe el daño institucional que supone entrar en materia que compete exclusivamente al Supremo.

En este caso, los togados alertaron del aval a la polémica política de nombramientos de Delgado asegurando que provocaría un "efecto desalentador" en el control judicial de los nombramientos. Además, advirtieron sobre el peligro que supone ascender a miembros de la carrera fiscal por motivos de afinidad ideológica, como fue el caso.

Se trata de una ruptura que no viene sino a constatar la deriva del TC en lo que respecta a los fallos del Supremo. Este pronunciamiento se suma a otros también relevantes dentro del órgano como fue el caso de la corrección de la condena al que fuera diputado de Podemos Alberto Rodríguez ("El Rastas"), la estimación del recurso de Arnaldo Otegi contra la orden del Supremo de repetir un juicio en la Audiencia Nacional o el polémico pronunciamiento sobre la sentencia de los ERE. A ellos se suma también el varapalo al Supremo por condenar al yerno de la viuda del expresidente de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM), dado que el Constitucional lo absolvió.

En lo que respecta a "El Rastas", el TC obligó al Tribunal Supremo a eliminar la parte relativa a la inhabilitación impuesta en el marco de su condena por haber agredido a un agente de Policía en 2014. De nuevo el TC se partió en dos y se impuso el criterio de la mayoría progresista, que no solo se limitó a constatar una presunta vulneración del derecho fundamental del exdiputado, sino que corrigió la redacción literal del fallo. Ya en este caso los votos particulares advirtieron de que se estaba efectuando "una interpretación alternativa de las normas penales".

Suplantación del Supremo

Y no solo eso, sino que en un segundo pronunciamiento también sobre Rodríguez, el bloque conservador recordó que, con la corrección al fallo del Supremo el TC modificó "por primera vez" la pena a un condenado. "Pronosticamos –ahora vemos que con acierto– la indudable incidencia que dicho pronunciamiento iba a tener en este recurso de amparo", expusieron los discrepantes.

Así las cosas, el TC volvió a enmendar al Supremo al estimar un recurso de amparo del líder de la izquierda abertzale, Arnaldo Otegi. En este caso tumbaron la orden del Supremo de repetir el juicio celebrado en la Audiencia Nacional en 2011 en el marco del "caso Bateragune". La mayoría entendió que la decisión del Supremo -que se acordó después de que el TEDH revocara su condena por intentar reconstruir Batasuna- era desproporcionada. En concreto, el TC expuso que con esta decisión se había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva. El fallo contó con el voto particular de los cuatro magistrados conservadores que expusieron que el recurso debería haber sido inadmitido y, subsidiariamente, desestimado.

Sin embargo, una de las resoluciones que más polémica generó en el tribunal de garantías fue la relativo al de los ERE. La mayoría, en un pronunciamiento sin precedentes, entendió que ni Manuel Chaves ni José Antonio Griñán prevaricaron y que los anteproyectos de ley y los proyectos de ley dictados en relación con las modificaciones presupuestarias que facilitaron un fraude cercano a los 700 millones de euros no podían interpretarse como una decisión administrativa, sino como una actuación legislativa, lo que les libraba de tener consecuencias penales.

Además, reprochó a la Audiencia de Sevilla y al Tribunal Supremo de realizar una "interpretación imprevisible" del delito de prevaricación. Ambos órganos les condenaron al considerar que los anteproyectos en cuestión eran ilegales porque infringía la normativa presupuestaria que estaba en vigor en aquel momento.

El recurso pendiente de Puigdemont

En su voto particular los discrepantes volvieron a alertar sobre la extralimitación del TC asegurando que se estaba suplantando al Tribunal Supremo. La Audiencia Provincial de Sevilla decidió no aplicar lo dictaminado por el Constitucional y planteó una cuestión prejudicial ante el TJUE porque consideró que el borrado de las penas se traducía en un "riesgo sistémico de impunidad en la lucha contra la corrupción política o el fraude". Además plasmó sus sospechas de que se pudiera vulnerar el Derecho Comunitario toda vez que no se puede interpretar que los miembros del Gobierno de una comunidad son inmunes por los delitos que puedan cometer al aprobar los anteproyectos de leyes de presupuestos.

Con todo, las fuentes consultadas advierten de que las correcciones no terminan aquí. De hecho, el Tribunal Constitucional tiene pendiente resolver el recurso de amparo de Carles Puigdemont y del resto de implicados en el procés por la decisión del Tribunal Supremo de no amnistiarles el delito de malversación. En este caso se prevé un nuevo varapalo a la Sala de lo Penal del alto tribunal, si bien ello no implicaría la vuelta inmediata de Puigdemont a España, ya que el Supremo podría tomar el mismo camino que la Audiencia de Sevilla y plantear una cuestión al TJUE que dejaría la aplicación del fallo del TC en suspenso.

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