Declaración de la Renta 2025-2026: fechas clave, novedades fiscales y cuándo pedir cita previa
Cada año, millones de contribuyentes deben ponerse al día con Hacienda presentando sus declaraciones de IRPF y Patrimonio durante la campaña de la Renta. En 2026, las declaraciones correspondientes al ejercicio fiscal de 2025 podrán presentarse desde el 8 de abril —seis días más tarde que en la campaña anterior, que comenzó el 2 de abril— y hasta el 30 de junio.
Calendario de la campaña de la Renta
La campaña de este año arrancará el miércoles 8 de abril, fecha a partir de la cual los contribuyentes podrán presentar su declaración exclusivamente por internet, a través de Renta Web o de la app móvil —con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia—. Posteriormente, el proceso se irá ampliando a otras modalidades de presentación.
La segunda fase comenzará el 6 de mayo, cuando se habilitará la posibilidad de presentar la declaración por teléfono mediante cita previa. Las solicitudes para este servicio podrán realizarse desde el 29 de abril y permanecerán abiertas hasta el 29 de junio, un día antes del cierre de la campaña.
Finalmente, la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria se activará a partir del 1 de junio. Para este trámite, las citas podrán solicitarse desde el 29 de mayo y también hasta el 29 de junio. La campaña concluirá el martes 30 de junio, fecha límite para que los contribuyentes presenten su declaración de la Renta.
¿Cómo se puede pedir cita telefónica o presencial?
La Agencia Tributaria ofrece a los contribuyentes la opción de solicitar las citas telefónicas y presenciales, bien a través de su sede electrónica o a través de los siguientes números de teléfono:
- Teléfono automático: 915 357 326 / 901 121 224
- Servicio de cita para Renta: 915 530 071 / 901 223 344
No obstante, los contribuyentes no podrán pedir cita hasta que no lleguen las fechas indicadas anteriormente: 29 de abril para la telefónica y 29 de mayo para la presencial.
Novedades fiscales
Una de las grandes novedades fiscales a tener en cuenta es que a partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria contará con la información mensual suministrada por las entidades de pago o de dinero electrónico, incluidas las entidades extranjeras que prestan servicios en España, de los pagos a empresarios y profesionales residentes adheridos a sistemas de gestión de cobros con cualquier tipo de tarjetas, incluidos los sistemas de cobro asociados a un número de teléfono móvil, como Bizum. "Se suprime además el umbral de 3.000 euros que acotaba la obligación informativa relativa a los cobros con tarjeta, con el fin de evitar la pérdida de información relevante", tal y como explican desde Hacienda.