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Fuga de Puigdemont: los mossos investigados se quejan de una «causa general»

Los tres mossos investigados por encubrimiento por la fuga de Carles Puigdemont tras su breve estancia en Barcelona el 8 de agosto de 2024 no quieren que la instrucción judicial siga adelante. Tras solicitar Hazte Oír la prórroga del procedimiento –pendiente del análisis de los móviles de los agentes en busca de posibles mensajes con el expresidente de la Generalitat–, su defensa reclama que se dé carpetazo a la instrucción para evitar una «causa general» de la que responsabiliza a la acusación popular. Según las fuentes consultadas, la Fiscalía no se ha pronunciado todavía al respecto.

En un escrito al que ha tenido acceso LA RAZÓN, la defensa de David Goicoechea, Xavier Manso y Jordi Rodrigo se opone a la prórroga porque la magistrada instructora, María Antonia Coscollola, «no ha acordado ninguna diligencia» al margen de la que se está llevando a cabo «rezagada» (ordenada más de año y medio después de que se produjeran los hechos y a instancias de la Audiencia Provincial de Barcelona) sobre el examen de los dispositivos móviles.

Los letrados Isabel Elbal y Gonzalo Boye recuerdan que la causa ya tiene un recorrido de año y medio, durante el cual «se han practicado numerosas diligencias de investigación», por lo que en su opinión «ya no es necesario prorrogar la instrucción, excepto para la acusación popular, quien pretende a toda costa realizar una investigación prospectiva o causa general a partir de los concretos hechos investigados».

Según su criterio, «ninguna justificación válida en Derecho se da en estos momentos para prolongar la fase de instrucción, más allá de lo estrictamente necesario para esclarecer los hechos investigados y la posible participación de sus autores».

El pasado 20 de diciembre, Hazte Oír pidió a la titular del Juzgado de Instrucción número 24 de Barcelona que ampliara seis meses más la investigación judicial por la fuga de Puigdemont, que expira el próximo 9 de febrero, porque según el letrado de la acusación, Javier María Pérez-Roldán, «la instrucción judicial aún no ha finalizado».

Recurso pendiente

Por un lado, recordaba el abogado en su petición de prórroga, porque «la Audiencia Provincial acordó la investigación sobre determinadas comunicaciones» (el análisis de los móviles en busca de comunicaciones que demuestren una posible connivencia con el líder de Junts para orquestar su fuga). Y por otro, señalaba, la Audiencia de Barcelona no ha resuelto aún su recurso de apelación contra la negativa de la magistrada a acordar una batería de diligencias solicitadas por Hazte Oír en octubre del pasado año.

El pasado 12 de noviembre, en la providencia en la que denegó esas diligencias –un rechazo que confirmó posteriormente en diciembre orillando el recurso de la acusación popular–, Coscollola calificó de «desproporcionada» y «prospectiva» la petición de Hazte Oír de instar a los Mossos dEsquadra a identificar al «máximo número de personas que pudieron escoltar o estar junto al Sr. Puigdemont». Para la magistrada instructora, dar ese paso supondría ir «más allá» del objeto de la investigación.

Asimismo, tampoco accedió a incorporar a la causa para su análisis todas las grabaciones efectuadas ese 8 de agosto por los Mossos y las que pudieran efectuar cámaras situadas en los aledaños del Arco del Triunfo (donde Puigdemont participó en un acto independentista con motivo de la sesión constitutiva del Parlamento de Cataluña), tanto las municipales como las de diversos aparcamientos de la zona.

Idéntico rechazo cosechó la pretensión de la acusación popular de que se cite a declarar a un mosso «que no pudo identificar a los asistentes». Para la magistrada, se trata de diligencias «que no son propias de esta fase de instrucción» de un procedimiento que –subrayaba– «se instruye por determinados delitos y contra personas concretas y determinadas a los que se ha atribuido la condición de investigados».

Diligencias rechazadas

Coscollola esgrimió el principio de intervención mínima del Derecho Penal, que según recordaba «es solo legítimo cuando otras ramas del ordenamiento jurídico no son capaces de ofrecer una protección adecuada o suficiente».

En este sentido, incidía en que «cualquier petición encaminada a cuestionar la actuación de la Administración Pública o de funcionarios públicos» debe de canalizarse a través de la vía administrativa.

Igualmente, en esa providencia dejaba en barbecho la petición de la defensa de los tres mossos investigados de archivar la causa, una decisión que derivó al «momento procesal oportuno» tras recordar que en octubre del año pasado la Audiencia Provincial de Barcelona le ordenó examinar los móviles de los agentes imputados para comprobar si existen mensajes con Puigdemont que demuestren que hubo una actuación coordinada para propiciar su huida. Un supuesto auxilio que le habría permitido burlar la orden de detención en vigor contra él del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa del «procés». Una diligencia que, recalcaba, estaba aún pendiente de llevarse a cabo.

La pista de los móviles

La instructora de la causa se vio obligada a ordenar que se requisaran los móviles de los tres mossos investigados para cerciorarse de la existencia de posibles comunicaciones con Puigdemont. Coscollola se negó en un principio a acordar la medida que pidió Hazte Oír, pero la acusación popular recurrió y la Audiencia de Barcelona le dio finalmente la razón.

A instancias de la instancia superior, ordenó la incautación de los móviles de los agentes para averiguar si contactaron en algún momento con el expresidente de la Generalitat entre el 8 de julio y el 9 de agosto del pasado año. E intentar esclarecer así si se produjo una «actuación coordinada» con el líder independentista para garantizar su fuga. En esa línea, ordenó a los agentes el «volcado, análisis y estudio» de siete móviles vinculados a los agentes.

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