La Fundación Franco denuncia «indefensión» en el proceso para su ilegalización
Inmersa en el proceso que ha abierto el Gobierno para su ilegalización, la Fundación Nacional Francisco Franco (FNFF) ha presentado un «recurso contra un acto de trámite cualificado en el que se le niega una prueba testifical» por parte de investigadores e historiadores a favor de lo pertinente de su permanencia, lo que «nos produce una indefensión» ante «una medida y decisión claramente tomada de antemano», expone a LA RAZÓN su presidente ejecutivo, Juan Chicharro.
Mediante un escrito, el Ministerio de Cultura, al que compete este proceso, comunicó a la entidad que admitía la incorporación al expediente de la documentación que obra en poder del Protectorado de Fundaciones de las modificaciones estatutarias que llevó a cabo la FNFF (con intención de evitar que se le pudiera achacar incumplimiento de la Ley de Memoria Democrática).
Asimismo que aceptaba la prueba que la Fundación quería hacer constar con el testimonio de historiadores, pero no con carácter testifical, sino con la aportación de las declaraciones que considerara oportunas, para lo que se otorgaba un plazo de quince días.
Informe del CGPJ
Por último, no admitía, «por innecesaria», la solicitud al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), relativo al texto del anteproyecto de la Ley de Memoria Democrática, a fin de conocer la interpretación normativa de la causa de extinción [de la FNFF], pues el informe se encuentra «a disposición de los interesados en la web» del órgano judicial.
Posteriormente, la Fundación Franco ha recurrido contra este acuerdo «al concurrir en él circunstancias que resuelven cuestiones de previo pronunciamiento, que fueron oportunamente expuestas» por la entidad; «alteran sustancialmente el derecho a la prueba y producen una situación real y efectiva de indefensión».
Refieren los servicios jurídicos de la Fundación Franco la importancia del expediente «cuya finalidad es promover» su propia «extinción judicial», lo que comporta «la desaparición de la persona jurídica»; la «liquidación y destino forzoso de su patrimonio» y la «frustración definitiva de los fines fundacionales, de indudable interés general», lo que, «entre otros, se pretende acreditar con las testificales de historiadores nacionales e internacionales».
El citado expediente exige, según esta visión, «una observancia reforzada de las garantías procedimentales, dado que su resultado proyecta efectos irreversibles y gravemente perjudiciales», no se trata de un «procedimiento neutro», sino «preparatorio de una acción judicial de extinción, especialmente dirigido por el Gobierno para esta finalidad, anunciada a bombo y platillo».
Asimismo, la FNFF alegó expresamente la «caducidad» del expediente, lo que, «de ser estimado, habría determinado su terminación inmediata».
La falta de pronunciamiento sobre este aspecto se considera una decisión tácita de desestimación.
Mero instrumento
En su consideración, el acto impugnado «elude toda valoración sobre si los hechos “imputados” encajan en las causas de extinción previstas en la Ley de Fundaciones (carecer de interés general)», una «omisión» que «no es jurídicamente neutral», ya que «da por supuesto el presupuesto habilitante de la extinción, desplaza indebidamente el debate a una fase ulterior y transforma el expediente en un mero instrumento de confirmación de la decisión inicial hecha pública por el presidente del Gobierno y su ministro de Cultura, en cuyo seno se incoa este expediente de extinción».
En cuanto a la negativa a practicar la prueba testifical propuesta, que demostraría la «labor divulgativa y educacional» de la FNFF y, por tanto, su carácter de «fundación que persigue intereses generales», el órgano instructor «no se limita a denegarla, sino que la reconvierte en manifestaciones escritas de la parte», y «transformando dicha prueba en otra bien distinta: documentación privada».
Una sustitución que «elimina la inmediación y la contradicción», e «impide cualquier aclaración o repregunta», y «priva a la prueba de su auténtica eficacia acreditativa».
Los historiadores propuestos eran José Ramón Ferrandis Muñoz; Pío Moa; Luis Togores; Jesús Palacios y Stanley G. Payne.
En conclusión, la FNFF reclama la resolución de cuestiones de caducidad y atipicidad antes de continuar el procedimiento y solicita la admisión de prueba testifical o una motivación reforzada para su inadmisión.