La condena a los creadores de ‘Sálvame’ por Rocío Flores, al detalle
Según recoge El Mundo, la Sección nº 29 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a los productores Óscar Cornejo y Adrián Madrid a dos años de prisión y otros dos de inhabilitación profesional por un delito de revelación de secretos. La sentencia obliga además al pago de 200.000 euros a Rocío Flores por los daños ocasionados.
El detonante fue un episodio de la docuserie ‘Rocío, contar la verdad para seguir viva’, donde se expuso públicamente una sentencia de menores relacionada con Rocío Flores, hija de Antonio David y Rocío Carrasco. En ese capítulo, emitido en horario de máxima audiencia, se revelaron documentos pertenecientes a un expediente judicial reservado.
¿Qué desveló exactamente la docuserie?
El contenido al que se refiere la condena incluía entrevistas del equipo psicosocial de la Comunidad de Madrid, evaluaciones de reinserción social y detalles íntimos del procedimiento legal. Todo ello sin el consentimiento expreso de Rocío Flores, quien nació el 13 de octubre de 1996 y era menor de edad en el momento de los hechos.
El giro judicial
En un primer momento, la denuncia fue archivada por el Juzgado de Instrucción nº 38 de Madrid, pero la defensa de Flores recurrió. La Audiencia Provincial no solo reabrió el caso, sino que ha terminado fallando en contra de los productores, dejando claro que el derecho a la intimidad de los menores prima sobre cualquier contenido televisivo.
- La sentencia califica de “grave intromisión ilegítima” la difusión de documentos judiciales.
- Subraya que el expediente de menores “goza de especial protección” legal.
- Destaca el perjuicio emocional y reputacional sobre Rocío Flores.
¿Qué han dicho Cornejo y Madrid?
Los condenados ya han anunciado que recurrirán la sentencia. “Estamos tranquilos y convencidos de nuestra inocencia”, aseguran. En un comunicado afirman que los hechos no constituyen revelación de secretos y recuerdan que otros casos similares fueron sobreseídos sin cargos.
“La resolución no es firme”, insisten, apuntando que aún tienen 10 días para presentar recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El papel de Rocío Carrasco
Aunque Carrasco era parte en el procedimiento judicial como madre, la sentencia destaca que ella misma admitió no haber contado con la autorización de su hija para difundir esa información. Por tanto, cualquier difusión de datos íntimos “solo puede ser autorizada por la propia Rocío Flores”, indica el texto legal.
La Audiencia lo zanja con una frase demoledora: “aunque los datos sean ciertos, no tienen por qué ser objeto de conocimiento público en contra de la voluntad de la interesada”.
¿Quién más responde por la condena?
La responsabilidad civil será asumida también por las empresas Radical Change Contents y Mediaset España, de forma subsidiaria y solidaria. Estas sociedades formaban parte de la producción y emisión del documental.
Además de la inhabilitación profesional, la sentencia insiste en el carácter ejemplarizante de la pena: “Debe ser significativa, relevante y no ficticia”. Es un nuevo aviso a navegantes en un momento de replanteamiento ético en el entretenimiento televisivo.
Mientras tanto, La Osa Producciones, la nueva firma de Cornejo y Madrid, continúa trabajando con normalidad en espacios como ‘Malas Lenguas’ (Ten) o ‘Directo al grano’ (La 1). Pero el precedente ya está sentado.