¿Se prohíben las reuniones y eventos en Lima y Callao? Estas son las actividades que necesitan permiso especial en estado de emergencia
Desde la medianoche de este miércoles 22 de octubre, Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao se encuentran bajo estado de emergencia por 30 días, según el Decreto Supremo N.° 124-2025-PCM publicado en El Peruano. La medida, anunciada por el presidente interino José Jerí, busca enfrentar el aumento de la criminalidad, pero también genera dudas sobre qué actividades están restringidas y cuáles sí se pueden realizar sin problemas.
Según el decreto, se limita temporalmente libertades constitucionales como la circulación, la reunión, la inviolabilidad de domicilio y la seguridad personal. En este periodo, la Policía Nacional (PNP) asume el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, que ya se despliegan en puntos estratégicos como estaciones del metro, paraderos y zonas consideradas de riesgo.
Reuniones familiares y eventos privados: autorizados sin permiso
Pese a la confusión inicial, el decreto no prohíbe las reuniones familiares ni los eventos privados, siempre que no sean de carácter masivo. Esto significa que bodas, bautizos, cumpleaños y encuentros en casa pueden realizarse sin solicitar autorización previa.
“Las actividades que no tengan carácter masivo podrán realizarse sin necesidad de permiso previo”, precisa el artículo 2 del decreto. De este modo, las visitas familiares y celebraciones pequeñas están permitidas, mientras respeten las normas de convivencia y no alteren el orden público. Asimismo, tampoco hay toque de queda.
Eventos que sí necesitan permiso especial
Las actividades masivas (religiosas, culturales, deportivas o similares) requieren autorización expresa de las autoridades locales. La solicitud debe presentarse conforme al Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, que dispone una evaluación previa para garantizar la seguridad del público. Estas son las actividades que sí necesitan permiso durante el estado de emergencia:
- Procesiones, marchas o concentraciones religiosas.
- Conciertos, festivales o ferias culturales.
- Partidos de fútbol u otros eventos deportivos con público.
- Espectáculos públicos en locales o espacios abiertos con más de 3.000 asistentes.
Las municipalidades y la PNP podrán supervisar o suspender cualquier evento que considere riesgoso o que contravenga la disposición vigente.
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Qué más cambia en el estado de emergencia
El decreto también ordena controles de identidad y operativos de búsqueda de requisitoriados, así como inspecciones en viviendas o vehículos con orden judicial. Además, se prohíbe el tránsito de dos adultos en una moto lineal, y se dispone el internamiento de vehículos con documentos falsificados o placas ilegibles.
Las fuerzas del orden están facultadas para decomisar armas, explosivos y pirotécnicos ilegales, y se intensificará la fiscalización en mercados informales y puntos de venta de chips telefónicos.
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