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Tribunal ordena al Estado pagar ¢18.196 millones a Riteve por ajuste tarifario no aplicado en 2016

El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda ordenó al Estado costarricense pagar ¢18.196 millones a la empresa Riteve SyC S. A., como compensación por no haber aplicado el reajuste tarifario correspondiente al año 2016 en el servicio de revisión técnica vehicular.

La resolución de ejecución de sentencia 2025-007705 dictada el pasado 31 de julio, da cumplimiento a lo dispuesto por la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia en la sentencia 001927-F-S1-2022, la cual declaró que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) incumplió su obligación contractual al impedir el aumento de tarifas correspondiente a ese año.

La suma reconocida corresponde a los ingresos que Riteve dejó de percibir por el congelamiento tarifario.

Sala I condena al Estado por no reconocer tarifa a Riteve en 2016

El fallo del Tribunal también establece que los intereses legales sobre esa suma correrán a partir de la firmeza de esta sentencia.

Asimismo, se condenó al Estado al pago de las costas del proceso a favor de Riteve, mientras que la empresa deberá cubrir las costas procesales de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), aunque esta última no fue condenada por el fondo del asunto.

Esta reclamo se resolvió el 29 de noviembre de 2022 cuando se confirmó que el Estado será el responsable de pagar la indemnización, la cual se determinaría en etapa de ejecución de sentencia resuelta el mes pasado.

Un proceso de ocho años

Este litigio se originó en 2017, cuando Riteve demandó al MOPT y a Aresep por los obstáculos administrativos que impidieron aplicar el aumento tarifario en 2016, a pesar de la existencia de un modelo oficial.

En aquel momento, el decreto con la metodología ya había sido emitido, pero no se encontraba vigente por falta de publicación en el Diario Oficial La Gaceta, lo que impidió su implementación.

La sentencia de fondo de la Sala I, conocida públicamente en agosto de 2022, se emitió cinco meses después de que Riteve dejara de operar en el país, tras el vencimiento de su contrato. Ante dudas sobre cuál entidad debía asumir el pago, Aresep incluso solicitó una aclaración que fue rechazada por la Corte.

Con esta nueva resolución del Tribunal Contencioso, se concreta la ejecución material de aquella sentencia firme, cerrando así un capítulo de larga disputa judicial sobre las condiciones contractuales del servicio de revisión técnica vehicular.

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