María Inés Horvitz y la justicia militar: “No cumple fundamentos básicos de cualquier Estado de derecho: la imparcialidad y la independencia”
Un importante debate causó el caso de los cuatro miembros de la Fuerza Aérea (FACh) acusados de narcotráfico en la Región de Tarapacá, pues volvió a poner en el ojo del huracán a la justicia militar.
La ministra de Defensa, Adriana Delpiano, adelantó que el caso será investigado por el Ministerio Público, a pesar de que la institución castrense señaló este miércoles que no entregaría nuevos antecedentes hasta que la Corte de Apelaciones de Iquique resolviera la disputa de competencia entre la Fiscalía de Aviación y la Fiscalía Nacional.
“Mañana, la Fiscalía de Aviación va a traspasar todo el caso a la Fiscalía Pública. Así que con eso se cierra este debate de quién tiene la competencia”, zanjó la secretaria de Estado.
No obstante, el debate sobre los alcances de la justicia militar ya está instalado en el debate público. Previo al anuncio de Delpiano la académica de la Facultad de Derecho de la U. de Chile, María Inés Horvitz, señaló que la Justicia zanjó “que es a la jurisdicción ordinaria a la que le corresponde conocer de las causas donde militares hayan cometido delitos comunes”.
“Lo que está claro, es que cuando se trata de delitos comunes eso nunca debe ser competencia de la jurisdicción militar, que es una jurisdicción excepcionalísima y que hoy día incluso es totalmente obsoleta, en relación a juzgar algo que no sean delitos militares cometidos por militares contra militares”, explicó.
En esa línea, Horvitz aseguró que la justicia militar “se ha ido progresivamente acotando y restringiendo”. Como ejemplo, la académica citó el caso del conscripto Franco Vargas, ocasión en que la Corte Suprema optó por derivar a la justicia ordinaria.
Militares del Ejército de Chile. Fotos: Patricio Banda/Aton Chile.
“Si hay una disposición muy clara a nivel legal de que los conscriptos deben ser considerados como militares, es el código sexto de justicia militar (…). Sin embargo, la Corte Suprema lo que hizo fue recurrir a la jurisprudencia internacional de derechos humanos para decir que ese tipo de argumentaciones, en el sentido de delitos comunes cometidos por militares en contra de personas que no estén en la misma categoría, jerarquía que los victimarios, por diversas razones no pueden ser competencia de la jurisdicción militar”, recordó.
Horvitz además apuntó a que la justicia militar “no cumple un fundamento básico de la jurisdicción en cualquier Estado de derecho, que es la imparcialidad y la independencia”.
“Los jueces, fiscales militares, son militares en servicio activo. Siguen siendo parte de la estructura militar, por lo tanto, siguen recibiendo órdenes de sus superiores jerárquicos aunque sean fiscales y eso es inadmisible. Por eso es que ha habido desde hace ya bastante tiempo una discusión muy crítica de la academia hacia la existencia de esta jurisdicción militar, que ha determinado leyes que han restringido esa competencia”, comentó.
La académica advirtió, en todo caso, que el caso de narcotráfico que involucra a la FACh “va a llegar a la Corte Suprema, sea cuál sea el fallo que dicte la Corte de Apelaciones de Iquique”.