“Es facultad exclusiva del Presidente”: Contraloría dictamina que Municipalidad de Ñuñoa no puede decretar Estado de Emergencia comunal
La Contraloría General de la República determinó que la Municipalidad de Ñuñoa carece de atribuciones legales para declarar un “Estado de Emergencia” en su jurisdicción. Esta resolución se produce luego de que el alcalde Sebastián Sichel (independiente apoyado por Chile Vamos) anunciara dicha medida en marzo, tras el ataque a balazos contra un carabinero que intentaba impedir el robo de un vehículo.
“He tomado la decisión de decretar Estado de Emergencia Comunal. Nos permitirá tomar medidas inmediatas para prevenir y reforzar la Seguridad en Ñuñoa”, explicó Sichel en su cuenta de X.
Toda mi solidaridad con la familia del sargento José Miguel Villegas, y también, con los vecinos afectados en lo ocurrido anoche.
He tomado la decisión de decretar Estado de Emergencia Comunal. Nos permitirá tomar medidas inmediatas para prevenir y reforzar la Seguridad en…
— Sebastián Sichel (@sebastiansichel) March 6, 2025
La controversia llegó a la Contraloría a través de un requerimiento presentado por la concejala Maite Descouvieres (PS), junto a Vicente Abarca Hidalgo y José Olivos Jorquera, entre otros, quienes cuestionaron la legalidad de la decisión municipal.
En su fallo, firmado por la contralora Dorothy Pérez, el organismo precisó que la declaración de estados de emergencia es una facultad exclusiva del Presidente de la República, según lo establece el artículo 42 de la Constitución para casos de grave alteración del orden público. El dictamen enfatizó que esta atribución no puede ser ejercida por los gobiernos locales, pues requiere formalización por parte de las autoridades constitucionalmente competentes.
Uso indebido de redes sociales
El pronunciamiento también abordó otra denuncia contra el edil: el uso de sus redes personales para comunicar asuntos municipales, contenido que luego era replicado por las cuentas oficiales de la municipalidad. La Contraloría determinó que esta práctica vulnera las normas de probidad y el correcto uso de bienes públicos, ya que los anuncios oficiales deben difundirse exclusivamente a través de los canales institucionales.
El organismo subrayó que las autoridades no pueden divulgar información administrativa desde cuentas privadas sin autorización expresa. Por ello, ordenó al municipio adoptar correctivos para evitar futuras infracciones y aclarar el carácter jurídico de sus actos administrativos.