El ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, no ha conseguido que el catalán se instaure como lengua oficial en la UE, pero sí ha podido sacar adelante una nueva Ley de la Generalitat que permitirá que Cataluña tenga un Cuerpo Diplomático propio. Esta norma, la Ley 6/2025 de Cataluña, fue publicada por el Boletín Oficial del Estado el pasado 3 de junio y modifica la Ley 16/2014 de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea y crea el Cuerpo de Acción Exterior y Unión Europea de la Generalitat. Tras su entrada en vigor, la Asociación de Diplomáticos Españoles (ADE) acaba de emitir un comunicado para alertar sobre el riesgo del funcionamiento del servicio exterior catalán. Según la ADE, «atribuye al Cuerpo de Acción Exterior y Unión Europea de la Generalitat funciones que, dependiendo de cómo se desarrollen en la práctica, podrían afectar a la competencia exclusiva del Estado». En el escrito recuerdan que estas funciones las establece «el artículo 149 de la Constitución en materia de relaciones internacionales y de emigración, así como a la asistencia consular que el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación presta a los ciudadanos españoles en el exterior». Hay tres cuestiones de esta ley que, según la ADE, son inconstitucionales. Por un lado, el «establecimiento y el mantenimiento de las relaciones con gobiernos y sus representantes en el exterior, instituciones de la Unión Europea, organismos internacionales». Además de «la elaboración, adopción y aplicación de acuerdos de colaboración» (punto 2 b), y el de «la definición y aplicación de mecanismos para apoyar a la ciudadanía y a las comunidades catalanas en el exterior». «Resulta esencial que el desarrollo y aplicación de esta Ley estén regidos por los principios de buena fe, respeto al orden constitucional y lealtad institucional», concluye la ADE en su comunicado.