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¿Qué significa que el Comité de Evaluación del Poder Judicial suspendió actividades relacionadas a elección de juzgadores?

Durante la noche del martes 7 de enero, el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación(PJF) suspendió, en el ámbito de sus atribuciones, la continuación del desarrollo del proceso electoral extraordinario para la elección popular de jueces, magistrados y ministros.Ante esto, el mismo Comiténotificó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que recibió el acuerdo emitido por un Juzgado Primero de Distrito en el estado de Michoacán, pero qué significa esto. MILENIO te explica paso a paso con esta nueva resolución.¿Qué fue lo que se suspendió?Un juez de Michoacán ordenó que los Comités de Evaluación de los tres Poderes de la Unión—Ejecutivo, Legislativo y Judicial—suspendieran las normas generales (leyes federales o secundarias) de la reforma judicial, mientras se resuelve un juicio de amparo de lo contrario se dará aviso a laFiscalía General de la República (FGR)por desacato.Sin embargo, hasta el momento, sólo el Poder Judicial decidió acatar la orden delJuzgado Primero de Distrito en el estado de Michoacán, mientras que el Ejecutivo y Legislativo ya expusieron su postura, pero eso se explicará más adelante."En el comunicado del Poder judicial se indica que la suspensión definitiva se concedió respecto de las:"normas generales (leyes federales y/o secundarias) que pudieran derivar en la obligación de legislar, impuesta en el artículo octavo transitorio, párrafo primero, del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de reforma al Poder Judicial"."Esto es, para que, sin perjuicio de sustanciar el proceso legislativo correspondiente, las normas generales que resulten de tales actos legislativos no se apliquen en la esfera jurídica de las personas juzgadoras federales, integrantes de la parte quejosa”.Es decir, el Comité de Evaluación del Poder Judicial acató la orden del Juzgado de Michoacán, lo que significa que el proceso de elección de jueces, ministros y magistrados—el cuál está estipulado en las leyes secundarias de la reforma judicial— se suspendió únicamente por este órgano autónomo, explicó a MILENIO la licenciada en derechoLivia F. Quesada,de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM)."Se suspenden las leyes secundarias, en las cuales se señalan los procesos de la elección. Entonces ya no va a poder continuar con la elección electoral del proceso electoral Judicial, pero la reforma constitucional está vigente", dijo la abogada.La licenciada también especificó que para que esta suspensión se haga de manera formal se necesita que los tres Poderes de la Unión acaten la orden, situación que hasta el momento no ha pasado.Postura del Poder EjecutivoDurante la mañanera del miércoles 8 de enero, la presidentaClaudia Sheinbaumseñaló que el máximo tribunal electoral del país ha resuelto anteriormente que los amparos contra los comicios del Poder Judicial no son procedentes, por lo que consideró que se está violando una resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).Al respecto, el ministro en retiro, Arturo Zaldívar, informó que el Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo Federal determinó seguir con el proceso de elección judicial.“El Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo Federal determinó, por unanimidad de votos, continuar con el proceso de elección de personas juzgadoras, en atención a lo resuelto por la Sala Superior del TEPJF".Además, adelantó que el Ejecutivo seguirá revisandolos perfiles de idoneidad para la etapa de entrevistas del proceso electoral judicial el cual iniciará el viernes 10 de enero.El Comité de Evaluación del Poder Ejecutivo Federal determinó, por unanimidad de votos, continuar con el proceso de elección de personas juzgadoras, en atención a lo resuelto por la Sala Superior del @TEPJF_informa Por otro lado, seguimos avanzando en la revisión de los… pic.twitter.com/eoCIguhS8O— Arturo Zaldívar (@ArturoZaldivarL) January 8, 2025


Postura del Poder LegislativoEl Comité de Evaluación del Poder Legislativo Federal indicó que no suspenderá el proceso de la elección judicial, pues "resulta jurídicamente imposible".En un comunicado, informó que la suspensión dictada por el juez Sergio Santamaría "es notoriamente improcedente e inatendible, porque viola los derechos políticos electorales a ser votados de los aspirantes que fueron registrados en tiempo y forma"."Esta decisión también trastoca los principios que rigen la materia electoral, es decir, la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad, lo que representa un atentado a los derechos humanos de las personas participantes que tienen el derecho a ser votadas", se lee en el comunicado.¿TEPJF puedeinvalidar suspensiones contra elección judicial?Tras la decisión del Comité de Evaluación del Poder Judicial, un Tribunal Colegiado pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aclarar si el Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (TEPJF) puede dejar sin efectos las suspensiones otorgadas contra la elección.El Primer Tribunal Colegiado Administrativo del Tercer Circuito, con sede en el municipio de Zapopan, presentó ante la Corte una contradicción de criterios, el 6 de diciembre, en las que se confirma una de las suspensiones.Ante esto, elInstituto Nacional Electoral (INE) sustentó la continuación del proceso de la elección judicial. No obstante, el tribunal colegiado puntualizó que el TEPJF no tiene competencia en este tipo de juicios y, por lo tanto, no puede invalidar dichas suspensiones."Los pronunciamientos en los que la Sala Superior del TEPJF resolvió los asuntos generales no son vinculantes para los órganos de control Constitucional en materia de amparo", sostuvo el tribunal.Autonomía de los tres Poderes de la UniónMaría Emilia Molina, magistrada de Circuito, explicó que se vinculó a los miembros de los tres comités de evaluación de los Poderes de la Unión para cumplir con esta suspensión y el acatamiento de la medida cautelar.Es decir, que no se lleve a cabo ningún otro acto del procedimiento de implementación de la reforma en cuanto a la competencia de los comités, que es elegibilidad de las candidaturas, que tendrán que ponerse a consideración de los titulares de cada uno de los tres Poderes de la Federación."Teníamos 48 horas para emitir el acuerdo y lo hicimos de inmediato, porque en un Estado de derecho, que es en el que creemos los cinco miembros del Comité de Evaluación, tienen que acatarse las órdenes judiciales en tanto estén vigentes", dijo en entrevista con Alejandro Domínguez para MILENIO Televisión.La magistrada explicó que el acuerdo del juez de Distrito vincula a los tres comités, sin embargo, cada uno tomará su propia decisión.Por su parte, la licenciada de la UNAM mencionó a MILENIO que el sustento legal de los Comités de Evaluación de los tres Poderes de la Unión se encuentra en el artículo 96 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se especifica que está conformado porcinco personas reconocidas en la actividad jurídica."El Comité de Evaluación es el órgano encargado de llevar a cabo la revisión de los expedientes de las personas aspirantes, evaluar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales e identificar a las personas mejor evaluadas que cuenten con los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño del cargo y se hayan distinguido por su honestidad, buena fama pública, competencia y antecedentes académicos y profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica", señala el gobierno de México.Juana Fuentes Velázquez, directora de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces del Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed) , afirmó que el Comité del Poder Judicial acató una medida cautelar dictada en un juicio de amparo, mientras que el Poder Legislativo la ignoró y decidió no cumplirla.“El Poder Legislativo, sin ningún argumento válido, decidió no hacer caso de esta suspensión. Esto refleja una constante en los actos relacionados con la reforma judicial y otros procedimientos”, afirmó.Con información de Rubén Mosso,Estefania Hernándezy Carlos VegaRM​

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