La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) implementó un nuevo requisito para acceder y mantener la Asignación por Embarazo, una ayuda económica destinada a las futuras madres.
Conocé cuáles son los cambios dispuestos por la entidad y cómo te pueden impactar, sin importar si ya estás recibiendo la asignación o si planeás acceder a ella en el futuro.
Según la Resolución firmada por el titular de la Administración Nacional de la Seguridad Social, Mariano de los Heros, las personas gestantes que estén en el programa Sumar deberán hacer el trámite de forma presencial en las oficinas de ANSES para inscribirse o mantener su inscripción.
Este requisito aplica principalmente a quienes estén registradas como monotributistas sociales o en el Régimen Especial de Trabajo para Casas Particulares, y a quienes mantengan la cobertura de la Obra Social por tres meses tras dejar su trabajo.
Además, se establece que las personas que ya acreditaron su embarazo en el Programa Sumar podrán continuar con el trámite. En caso de demoras en la información sobre el embarazo, no será culpa de la persona gestante, su cónyuge o conviviente, y podrán seguir recibiendo la Asignación por Embarazo incluso si hubo nacimiento o interrupción del embarazo.
La medida también especifica que, en los próximos 180 días, las personas gestantes que no estén registradas en el programa deberán presentar sus solicitudes de manera presencial en ANSES. Por último, se deberá acreditar el nacimiento, defunción o interrupción del embarazo de una asignación previamente solicitada.
El cobro de la Asignación Universal por Embarazo se hará según la terminación del DNI. Las fechas de pago son las siguientes: