El pasado mes de noviembre, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo Reglamento de Ley de Extranjería con el que desde el Ejecutivo pretenden "mejorar las vías de migración regular, ordenada y segura a través de la reducción de plazos y la simplificación de procedimientos" para así "cumplir con el derecho de la Unión Europea".
La nueva normativa en matería de extranjería entrará en vigor el próximo 20 de mayo de 2025, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 20 de noviembre ded 2024, ofreciendo así "mayores garantías y rigor jurídico", tal y como dijo la minstra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en una entrevista para RNE.
Se estima que esta normativa permitirá la regularización de hasta 300.000 personas migrantes anualmente en los próximos tres años, ello a través de la consolidación del arraigo como una "herramienta clave de integración", ajustándose a la normativa europea y al Pacto Europeo sobre Migración y Asilo.
La nueva reforma normativa en la Ley de Extranjería tiene como principal objetivo clarificar los trámites de los visados, así como establecer cinco figuras de arraigo, facilitar la reagrupación familiar, reforzar los derechos de los trabajadores migrantes y dar garantías a las empresas para la contratación de las personas migrantes en España.
"Se trata de una norma rigurosa y determinante para transformar nuestro país a mejor", aseguró la ministra en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que aprobó el Real Decreto mientras recordó que, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), España cuenta con casi siete millones de personas extranjeras con un documento de residencia en vigor, lo que "hace imprescindible contar con un marco normativo adecuado que responda de manera eficaz a sus situaciones y a sus necesidades especiales".
Por este motivo, la nueva normativa que entrará en vigor en los próximos meses, pretende reducir los plazos y trámites administrativos, a través de la eliminación de duplicidades y clarificación de autorizaciones y visados. Además, con esta reforma se otorgará una mayor estabilidad a las personas migrantes en España, gracias a la concesión de autorizaciones de residencia por un periodo de un año y a las nuevas renovaciónes, cuya vigencia se ampliará a cuatro años, tal y como se detalla en la página web de La Moncloa.
La normativa liderada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones mejorará, también, su "compromiso con la inclusión", gracias al fomento del acceso al empleo, cuyo visado de búsqueda de empleo se ampliará a 12 meses, como a través de la formación y la reunificación familiar como "pilares de integración" de los migrantes en España.
Tras el anuncio del Gobierno de España de la renovación del Reglamento de Extranjería, y aún más después de la publicación de la reforma en el BOE, los despachos de abogados no han parado de recibir consultas de los ciudadanos acerca de las novedades que introduce la norma, pese a que todavía quedan unos meses para que entre en vigor, tal y como ha asegurado Le Morne Brabant Abogados, un bufete especializado en regularización de migrantes, a LA RAZÓN.
Entre sus novedades se incluyen la posibilidad de obtener tanto el permiso de residencia como el de trabajo. Además, a diferencia de las normativas anteriores, estos permisos de residencia incluyen, desde el primer momento, la autorización para trabajar, ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena, sin la necesidad de trámites adicionales, evidenciando así esa simplificación de procedimientos que persigue la normativa.
Se presupone que con la figura de arraigo, la persona solicitante de papeles posee vínculos con España que le sitúan en una situación preferente para conseguirlos. Por ello, cuando la normativa entre en vigor, el tiempo de estancia mínimo para poder solicitar el arraigo pasa a ser de dos años, frente a los tres que se rigen en la actualidad.
Por su parte, en cuando a las modalidades de arraigo, se introducirán el arraigo formativo, en el que se otorga un permiso de trabajo por cuenta ajena durante el tiempo de formación, y el arraigo de segunda oportunidad, que supondrá conceder la posibilidad de regularizarse a quien ya tuvo permiso y lo perdió por algún motivo.
La figura de solicitante de asilo sufrirá una importante modificación, ya que a partir de mayo, el tiempo que la persona haya permanecido como solicitante de asilo no computará a efectos de residencia para las figuras de arraigo, por lo que no le servirá para conseguir los papeles. Además, también será necesario poseer una resolución firme de denegación de asilo.
El concepto de reagrupación familiar, que es aquel que facilita que los familiares de las personas migrantes que residen en España puedan venir a visitarlos, para facilitar la unión de la familia, establecerá que la edad máxima de los hijos reagrupables se incrementará hasta los 26 años, frente al límite de 18 que establece la normativa actual. Además, el concepto incluirá también a las parejas no registradas formalmente.
La nueva Ley de Extranjería beneficiará también a los estudiantes, que a partir de mayo podrán compatibilizar sus estudios con un trabajo de hasta 30 horas semanales. Además, los trabajadores temporales tendrán también la posibilidad de cambiar de empleador dentro del mismo sector de actividad sin perder su estatus legal, con el fin de evitar situaciones de explotación laboral y fomentar la movilidad dentro del mercado.
Además, la nueva normativa introduce también elementos de protección para las víctimas de Violencia de Género y para aquellos que sufren abusos laborales, para lo que se supervisará el cumplimiento de las condiciones laborales pactadas en los contratos de trabajo temporal.