¡Que no se te pase! Quedan pocos días para que las personas físicas y morales cumplan con el requisito obligatorio de activar su Buzón Tributario en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y así evitar una posible multa.
Cabe mencionar que el SAT puso como fecha límite hasta el 1 de enero del 2025 para que todas las personas físicas o morales habiliten su buzón tributario, esto con el fin de que el Servicio de Administración te pueda informar de tu situación fiscal como contribuyente.
A la vez, a través de este canal, el SAT notifica a los contribuyentes actos administrativos, y da respuesta a solicitudes, promociones o consultas hechas por los contribuyentes.
Sin embargo, en caso de que no cumplas con la activación del buzón, así como proporcionar los medios de contacto solicitados, el SAT considerará que el contribuyente se niega u opone a recibir notificaciones, lo cual constituye una sanción económica.
Para aquellos que no cumplan con la activación del Buzón antes de enero del 2025 serán acreedores de una multa que van de los 3 mil 850 a los 11 mil 540 pesos.
Por lo que te recomendamos habilitar el Buzón Tributario, así como registrar un número de teléfono celular y un correo electrónico.
Para habilitar el Buzón Tributario, los contribuyentes deben ingresar a la página oficial del SAT y tener a la mano los siguientes documentos:
Luego de ingresar al portal del SAT, es necesario hacer clic en la opción Buzón Tributario e ingresar la contraseña o e.firma.
A continuación, elige la opción Configuración y captura el código de activación recibido vía SMS.