La Fiscalía General de Justicia(FGJ) de la Ciudad de Méxicoinvestiga a un trabajador de la alcaldía Cuauhtémoc por presuntamente acosar sexualmente a otra empleada de la demarcación a través de redes sociales.De acuerdo con la denuncia presentada ante la Fiscalía Desconcentrada en la Cuauhtémoc, se trata de Héctor Manuel “N”, quien labora en la jefatura de Unidad Departamental de Espacios Culturales y Bibliotecas de la alcaldía.¿De qué acusan al funcionario?Según se puede ver en la denuncia, la cual fue presentada en diciembre,la víctima comenzó a sufrir acoso del individuo, quien le enviaba fotos donde aparecía desnudo y de su miembro mediante la red social de TikTok.Esta situación habría iniciado aproximadamente desde el 2018, sin embargo, la mujer no había presentado ninguna denuncia previa. Autoridades ministeriales señalaron que en la carpeta de investigación integrada por la Fiscalía capitalina fueron anexadas las conversaciones y también las imágenes que el señalado le enviabaalaafectada.¿Qué es el acoso sexual?El acoso sexual se trata de una manifestación de violencia lasciva que va relacionada con la intimidad de la víctima, este delito puede ocurrir por medio de palabras y acciones, por lo que su pena o castigo dependerán del escenario en el que ocurra.El acoso sexual se puede presentar en distintos escenarios como en las escuelas, en el ámbito familiar, en el transporte público, en el trabajo, en la calle, entre otros lugares; y tiene la característica de que el agresor siempre buscará que la víctima esté en una situación indefensa o de riesgo para ejercer el abuso.Algunas de las acciones bajo las cuales se puede presentar el acoso sexual, están relacionadas con manifestaciones no verbales o físicas.En el caso de las manifestaciones no verbales destacan las miradas morbosas e insistentes dirigidas a alguna parte del cuerpo de la víctima, sonidos como silbidos o gestos sexuales, mensajes con contenidos sexualesenviados por algún medio electrónico, así como imágenes, signos o textos ofensivos divulgados de forma pública.En cuanto a las manifestaciones físicas, se consideran, a los roces corporales, abrazos, caricias, besos, apretones, manoseos, pellizcos o cualquier tipo de acercamiento o contacto sin consentimiento de la personas, como un acoso sexual.A diferencia del acoso sexual, el hostigamiento sexual es un acto premeditado, no impulsivo, que ocurre cuando una persona, en calidad de agresor, impone su poder ante la víctima.Este tipo de violencia aparece normalmente entre personas que se aprovechan de una posición de poder para ejercer superioridad o jerarquía sobre sus víctimas, y en la mayoría de las veces se tratan de palabras o acciones de violencia relacionadas con temas raciales, de género, religión, orientación sexual, entre otras.En un apartado especial creado por la Secretaría de las Mujeres, llamado Violencia Laboral, Hostigamiento y Acoso Sexual, indica que las personas que infringen en una acción de hostigamiento “consideran a sus víctimas como un objeto.”Una forma en la que se manifiesta el hostigamiento sexual es a través de los “piropos”; insultos disfrazados de cumplidos que pueden agravar un delito bajo el término de acoso verbal.ARE