A partir del 1 de enero del 2025, los juegos a distancia y las apuestas deportivas online tendrán que cumplir con nuevas reglas tributarias. Se trata de dos impuestos a este sector: uno que gravará con el 12% mensual sobre la utilidad neta y la aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), el cual será de 1% por cada jugada realizada por los usuarios de estas plataformas.
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De acuerdo con el CEO de Apuesta Total, Gonzalo Pérez, esta medida “resulta antitécnica por gravar lo apostado y, en consecuencia, favorecer el traslado hacia el juego ilegal, con lo cual no habrá recaudación”. Precisamente, el MEF proyecta incrementar los ingresos tributarios de este sector a S/110 millones al año.
Sin embargo, hay una serie de limitaciones para avanzar en este objetivo como la forma en la que se construyen las ganancias en dicho rubro. Además, el abogado tributarista Jorge Picón señala que el principal mecanismo de retención será la tarjeta de crédito, lo cual podría ocasionar que el costo de administración pueda ser mayor que la recaudación en sí misma.
“Una de las cosas que se vienen discutiendo es que los bancos van a cobrar comisiones por hacer un sistema de percepción. En el 2004 con el ITF, los bancos multiplicaron las comisiones bancarias porque dijeron que el sistema informático les costó S/10 millones. Entonces, es posible que el costo pueda ser más alto que la recaudación, y eso lo pagan los usuarios”, comentó a este medio.
Los reglamentos publicados por el MEF el último 14 de diciembre sobre la nueva aplicación del ISC y las disposiciones complementarias que lo regulan precisan que una apuesta se considera aplicada cuando el dinero (o la bonificación valorizada en dinero) se debita de las cuentas generadas por los usuarios para la realización de una determinada apuesta. Es en ese momento que se efectúa la percepción del impuesto.
Esta situación es muy complicada, indica Gonzalo Pérez, de Apuesta Total, debido a que se necesitan modificar componentes críticos de la plataforma tecnológica. Por ejemplo, se tendrían que certificar ante los laboratorios y homologar ante el Ministerio de Comercio Exterior nuevamente. “En caso de que se haga la modificación a la plataforma y la operemos sin certificar y, por lo tanto, sin homologar, nos exponemos a multas altísimas e incluso la cancelación de la autorización”, enfatizó.
Frente a la ausencia de mecanismos de fiscalización, Jorge Picón sostuvo que el Ejecutivo les está trasladando este tema a los bancos. En esa línea, el MEF podría replicar algo similar a la experiencia con el ITF del 2004. “No es una buena política fiscal ni creo que tengan una recaudación como la que estima el Gobierno”, sentenció.