Incumplir con tus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) como registrarte y mantener actualizados tus medios de contacto podría llevarte a una infracción o multa de más de11 mil 500pesos a partir del próximo año. Aquí te explicamos por qué.Los contribuyentes olas personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) tienen la obligación de habilitar el llamado Buzón Tributario.¿Quiénes están obligados a habilitar el Buzón Tributario?De acuerdo con el SAT, los contribuyentes que están obligados a tener su Buzón Tributario activo son losque hayan obtenido ingresos por concepto de sueldos y salarios, así como de asimilados a salarios en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.También, las personas físicas con situación fiscal, sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidos.Las personas morales consituación fiscal de suspendidos enel Registro Federal de Contribuyentes o RFC. Sin embargo, en este caso no será aplicable tratándose de los trámites o procedimientos, en los que se requiera que cuentes con Buzón Tributario o de contribuyentes que hayan emitido factura electrónica CFDI (factura electrónica) de ingresos o recibido CFDI de nómina en los últimos 12 meses.¿Cuál es la multa por no habilitar tu Buzón Tributario?Según el SAT,desde 2020tener habilitado el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados sus medios de contacto, es una obligación fiscal.La sanción por no hacer caso a este requerimiento estaba prevista para inicios de 2024. Sin embargo, se extendió una prórroga hasta el 1 de enero de 2025.Lo anterior, de conformidad con el artículo transitorio Cuarto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 y sus Anexos 1, 5, 8, 15, 19 y 27, publicada en el DOF el 29 de diciembre de 2023.Así, el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, la infracción en materia de no habilitación del Buzón Tributario, no registro o no actualización de los medios de contacto, se impondrá una multa de 3 mil 850 pesos a 11 mil 540 pesos.Si aún no habilitas tu Buzón Tributario, es importante hacerlo a la brevedad.¿Cómo habilitar el Buzón Tributario?Los contribuyentes que deben realizar la activación del Buzón Tributario, deben de seguir estos pasos:Ingresar a la página oficial del SAT.Seleccionar la opción de Buzón Tributario.Acceder a través de la contraseña o e.firma.Elige la opción de Configuración.Captura el código de activación recibido vía SMS.Para concretar la activación del Buzón con éxito, deberás tener a la mano los siguientes requisitos:e.firma o firma electrónica.e.firma portable o contraseña.Un correo electrónico.Un número de teléfono de celular.MRA