Dado que las fiestas de Navidad y Año Nuevo este año serán a mitad de semana, el Gobierno Nacional confirmó que otorgará asueto laboral al personal de la administración pública. El objetivo es que las familias puedan llevar "adelante los preparativos para sus reuniones".
La decisión se oficializó este jueves a través del decreto 1108/2024 publicado en el Boletín Oficial. Allí se detalla que el asueto regirá para los días 24 y 31 de diciembre de 2024.
Por otra parte, se recordó que, por la Ley N° 27.399, son "feriados nacionales inamovibles a los días 25 de diciembre y 1° de enero de cada año".
"Las festividades de la Navidad y del Año Nuevo constituyen, tradicionalmente, motivo de festejos para todas las familias argentinas y extranjeras que habitan en nuestro territorio", se destaca en el texto oficial.
En ese sentido, se indica que tanto el 24 como el 31 de diciembre "forman parte de las festividades, y son días en los que las familias llevan adelante los preparativos para sus reuniones".
De modo que "resulta oportuno asegurar el tiempo razonable para la organización y el disfrute de los días festivos familiares".
El decreto, que lleva la firma del jefe de Gabinete Guillermo Francos, se refiere también que el asueto beneficia a aquellas personas que "por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos".
Por otra parte, además de los argumentos sobre el encuentro familiar, el Gobierno destacó que la medida también "repercutirá de manera beneficiosa en el sector turístico" en todo el país.
"No implica erogación presupuestaria alguna para el Estado Nacional y garantizará que todos los argentinos puedan disfrutar de las fiestas en un marco de libertad", se aclara en el texto.
De ese modo, el artículo 1 del decreto 1108/2024 establece: "Otórgase asueto al personal de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL los días 24 y 31 de diciembre de 2024. Y se pide que los distintos organismos implementen las medidas necesarias para garantizar la continuidad de los servicios esenciales.
Si bien la medida tiene impacto sobre los empleados públicos en general, el Gobierno aclaró que la misma "no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras".
En el caso del ámbito privado, la situación es diferente dado que cada empleador puede decidir si concede el día libre a los trabajadores, o bien reduce la extensión de la jornada.
En tal caso, si la empresa decide que no se trabaje, ese día no será un feriado de modo que no se generará un pago adicional. De acuerdo con la normativa vigente, el 24 y el 31 de diciembre son días laborables comunes, por lo que quienes trabajen recibirán un pago estándar, salvo que su empresa disponga lo contrario.