El Congreso de la República aprobó una ley que ordena la expulsión de extranjeros que no se identifiquen ante la autoridad competente en Perú. De acuerdo a la norma, la Superintendencia Nacional de Migraciones será la entidad encargada de aplicar la sanción a las personas extranjeras que ingresen al país sin cumplir con los requisitos establecidos.
Para aplicar la medida de expulsión de extranjeros que no se identifiquen ante la autoridad competente, se modificarán los artículos 58, 67, 68, 71 y 73 del Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones. Esta reforma establece que el procedimiento administrativo sancionador especial excepcional será aplicable a los extranjeros que se encuentren en situación migratoria irregular por ingresar al país sin cumplir con el control migratorio establecido en la normativa vigente.
Además, la medida se aplicará a los extranjeros que realicen actividades que pongan en riesgo o atenten contra el orden público, la seguridad nacional o la seguridad ciudadana.
"La duración del procedimiento administrativo sancionador especial excepcional no puede exceder las veinticuatro horas contabilizadas desde la retención administrativa a la que se hace referencia en la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de Decreto Legislativo 1582, Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones", precisa la norma.
Esta disposición busca agilizar los trámites y garantizar una respuesta rápida frente a los infractores de la normativa migratoria.
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