El dato definitivo del IPC de noviembre ha marcado definitivamente la revalorización de las pensiones en 2025: un 2,8% a partir del 1 de enero, casi 600 euros adicionales al año para una pensión media de jubilación -en torno a 42,8 euros al mes- para una pensión media de jubilación, mientras que las pensiones medias del sistema aumentarán en torno a 500 euros anuales. Este incremento beneficiará a los cerca de 9,3 millones de personas, que reciben 10,3 millones de pensiones contributivas, además de las 720.148 pensiones correspondientes al Régimen de Clases Pasivas del Estado, que también se revalorizarán con el mismo índice.
Con este incremento definitivo, un pensionista que perciba una pensión de 1.441 al mes –coincidente con la pensión media de jubilación en 2024– elevará en más de 40 euros mensuales su pensión -hasta los 1.481,35 euros-, lo que supone un incremento anual de 564,87 euros. Se cumple así un año más con las recomendaciones del Pacto de Toledo, tal y como se recogía en su segunda recomendación, que marca que las pensiones "se actualizan cada año conforme a la subida de los precios para garantizar su poder adquisitivo", gracias a la fórmula establecida por la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, mediante la cual se fijó la garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social de sistema público de pensiones. En ella, se garantizaba que estas prestaciones mantendrían anualmente una subida mínima establecida por la tasa de inflación interanual.
En el caso del cálculo de la pensión mínima -según los datos los datos del INE y de la Encuesta de Condiciones de Vida (ECV)-, para 2025, el umbral de pobreza aumentará un 4,26%, situándose en 11.944,88 euros al año, un revalorización que tendrá un coste de unos 900 millones al año adicionales. Los beneficiarios de este incremento serán los pensionistas que no alcancen el mínimo vigente para su categoría y situación familiar en el nivel de rentas, límite de ingresos que está regulado por la normativa vigente y puede variar según las circunstancias del beneficiario, como tener cónyuge a cargo, ser menor de 65 años lo que incrementa la cuantía del complemento, o tener diversos grados de invalidez o incapacidad. En el caso de los complementos por pensiones inferiores a la cuantía mínima, los límite de ingresos no puede superar los 10.717 euros anuales si tiene cónyuge a cargo, o los 9.188 euros anuales si vive solo o sin cónyuge a cargo.
Con la última reforma de pensiones entró en vigor la revalorización anual de las bases máximas y del complemento de la brecha de género en función del IPC. En el caso de las bases máximas, al IPC se le sumará un cuantía fija de 1,2 puntos cada año del periodo 2024-2050. Esto supone que, para el año próximo, la base máxima de cotización subirá en torno a un 4% (el 2,8% del IPC promedio más un 1,2% adicional), lo que la situaría en unos 4.909 euros mensuales. Al tiempo que aumenta la base máxima de cotización, la pensión máxima se incrementará en 2025 con el IPC más un 0,115% adicional, según determinó dicha reforma. De este modo, con la revalorización del 2,8% del IPC más ese porcentaje adicional, la pensión máxima se situará en 2025 en 3.267 euros mensuales por catorce pagas, frente a los 3.075,04 euros de este año.
En 2025 se aplicará ya el destope de la pensión máxima inicial, que consistirá en revalorizar la pensión máxima con el IPC más un incremento adicional de 0,115 puntos porcentuales cada año hasta 2050, lo que supondrá un incremento aproximado del 3% en ese periodo. Asimismo, la reforma de pensiones determina que el complemento de la brecha de género -de 33,2 euros en el ejercicio actual- subirá un 10% adicional al IPC en el bienio 2024-2025, que se distribuirá entre ambos ejercicios al 5%. Así, el complemento de la brecha de género subirá el próximo ejercicio en torno a un 7,8% -el IPC promedio más un 5% adicional-, lo que le situará en torno a los 35,6 euros.