La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un fondo destinado a proteger a los trabajadores ante el cese laboral. Sin embargo, el retiro de la CTS en su totalidad solo estará disponible hasta el próximo 31 de diciembre de 2024, según lo establecido en el Decreto Supremo Nº 003-2024-TR.
Esta medida, implementada como parte de las estrategias económicas para mitigar los efectos de la recesión, permite a los trabajadores retirar hasta el 100% de su CTS acumulada. A partir de enero de 2025, las disposiciones para acceder a estos fondos cambiarán de forma drástica.
Si los trabajadores no retiran sus fondos de CTS antes del 31 de diciembre, estos volverán a ser considerados intangibles, como lo estipula la normativa vigente. Esto significa que no se podrán disponer libremente de ellos y su acceso estará limitado a situaciones específicas, como el cese laboral o la jubilación.
A partir de enero de 2025, las instituciones financieras que gestionan las cuentas CTS restablecerán estas restricciones, conforme a lo dispuesto por las leyes laborales del país. Por ello, es recomendable que los beneficiarios actúen con tiempo si desean utilizar estos fondos.
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El retiro de la CTS puede realizarse de manera sencilla y segura a través de dos modalidades principales:
Ambas alternativas buscan facilitar el acceso a estos recursos, adaptándose a las necesidades de los trabajadores.
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El reglamento establece que pueden retirar la CTS los siguientes trabajadores:
Es importante que los trabajadores consulten con sus empleadores o las instituciones financieras donde se encuentran depositados sus fondos para confirmar su elegibilidad y evitar inconvenientes.
El retiro de la CTS 2024 fue aprobado mediante la publicación del Decreto Supremo Nº 003-2024-TR, el cual se oficializó el 27 de mayo de 2024. Este decreto permitió la libre disponibilidad del 100% de los fondos de CTS, medida que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.