El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado de nuevo la llamada ' tasa Amazon ' aprobada por el Ayuntamiento de Barcelona , en esta ocasión en respuesta a un recurso presentado en diciembre de 2023 por la Autoridad Catalana de la Competencia (ACCO), en una sentencia consultada por ABC. Esta tasa grava a las empresas de reparto a domicilio de compras efectuadas por internet y cuya finalidad era corresponsabilizar a las compañías de las externalidades que genera su actividad. Se trata de la segunda sentencia del TSJC que anula esta tasa municipal, después de que, el pasado mes de julio, aceptara el recurso presentado por la Organización Empresarial de Logística y Transporte de España UNO, entidad que veía en el tributo una discriminación «sin una base sólida». La ACC alegaba en su recurso que la tasa infringe los principios de seguridad jurídica y buena regulación, supone una doble imposición y vulnera el principio de legalidad y libertad de empresa. El Ayuntamiento rechazó la demanda tras defender «el interés público al que responde la aprobación de la ordenanza fiscal», por el uso intensivo del dominio público que llevan a cabo los operadores postales por el desarrollo del comercio electrónico. La medida pretendía afectar a los grandes operadores de distribución que operan en la Ciudad Condal, como DHL, Seur, Correos y Amazon. De hecho, dada la gran cuota de mercado que gestiona esta última se la acabó llamando 'tasa Amazon', un nombre inadecuado según los expertos porque la multinacional estadounidense quedó exenta del pago de este gravamen en julio de 2023. Entonces, una sentencia de la Audiencia Nacional acreditó que Amazon no realiza la actividad de distribución, que en realidad tiene subcontratada a empresas de transporte que son las que vemos circular por las calles con el logo de la empresa. En esta ocasión, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso del TSJC afirma que la clasificación tributaria del gravamen que contempla la ordenanza municipal, «más que una verdadera tasa, es la de un auténtico impuesto que gravaría los potenciales o previsibles rendimientos obtenidos por actividades de las empresas distribuidoras de las mercancías adquiridas por comercio electrónico». «Constituye un auténtico 'impuesto' que grava los rendimientos obtenidos por actividades de empresarios privados de manera virtualmente idéntica a los impuestos que gravan la adquisición de renta por actividades, expresiva de capacidad económica», indica el tribunal. «Tanto es así (esto es, que se grava el volumen de negocio) que se prevé la exención a los operadores con una facturación anual inferior a un millón de euros, en forma similar a lo previsto en el Impuesto sobre Actividades Económicas», añade. Por la parte demandante, la ACCO considera que la tasa supone «un obstáculo al mantenimiento de una competencia efectiva y restringe las libertades de establecimiento y prestación de servicios, recogidas en el Tratado de Funcionamiento en la Unión Europea, ya que discrimina injustificadamente entre competidores«. »Así, la tasa sólo se aplica a los operadores postales, pero, en cambio, están exentos el resto de empresas transportistas o los comercios que tienen sus propias flotas de reparto«, apunta la autoridad catalana de la competencia, para la que »todas estas actividades generan un impacto ambiental y de tráfico equivalente, si bien los operadores postales son los únicos que deben pagar la tasa, y pierden competitividad«. El fallo alude a una «injusticia» que deriva de la sujeción a las tasas tradicionales del comercio tradicional, y en su no aplicación al comercio electrónico, una finalidad indica que se aviene más con el establecimiento de un impuesto que con el valor de mercado de la utilidad derivada de la utilización, textualmente. La sentencia, que no es firme, cuenta con el voto particular de una magistrada contrario a la anulación de la tasa. Las empresas afectadas tienen claro que se trata de una tasa que solo iba a incrementar costes. Francisco Aranda, presidente de la patronal de la logística UNO, cuestionaba en su momento en declaraciones a ABC un gravamen «que daña al desarrollo digital de Barcelona» y penaliza a «las empresas minoristas de todos los tamaños, reduciendo sus alternativas de venta»