En el Perú, el último mes del año está marcado por la entrega de un beneficio económico que no está sujeto a descuentos. Este ingreso representa un alivio financiero para miles de trabajadores que cuentan con contrato vigente y cumplen con los requisitos establecidos. Asimismo, este pago adicional, regulado por la legislación nacional, se convierte en una de las fechas más importantes tanto para empleados como para empleadores.
El beneficio busca compensar el esfuerzo realizado por los trabajadores a lo largo del semestre. Sin embargo, tanto su cálculo como su entrega deben cumplir con normas específicas, las cuales, de no respetarse, podrían generar sanciones a las empresas responsables. A continuación, los detalles clave de este beneficio económico.
La gratificación de diciembre es un pago equivalente a una remuneración mensual, entregado a trabajadores con contrato vigente al 30 de noviembre. Este beneficio aplica tanto a trabajadores del sector privado como público que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa laboral.
Los empleados contratados bajo modalidades a plazo fijo, jornadas parciales o completas también tienen derecho a recibir este pago, aunque en proporción al tiempo trabajado durante el semestre correspondiente. En el caso de licencias justificadas o periodos de enfermedad cubiertos por EsSalud, el tiempo no se descontará del cálculo del monto total.
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A diferencia de otros ingresos laborales, la gratificación de fin de año no está sujeta a descuentos de aportes previsionales, como los realizados a las AFP, ONP o EsSalud. Esto se debe a una disposición incluida en la Ley N.° 29351, que exime este beneficio de cualquier deducción. No obstante, la empresa sí está obligada a entregar una bonificación adicional del 9% para EsSalud o del 6.75% para entidades prestadoras de salud (EPS), según corresponda.
Existen casos excepcionales en los que el empleador podría realizar descuentos, como préstamos o deudas específicas del trabajador, siempre que estén previamente acordados.
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