Los empleados de comercio nucleados en la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) cobrarán en los próximos días su salario junto con el aguinaldo de diciembre 2024.
Los trabajadores del sector recibirán el mismo salario que el mes anterior, ya que aún no se llegó a un nuevo acuerdo paritario que determine un aumento, y el plus del Sueldo Anual Complementario (SAC).
El último entendimiento que alcanzó el gremio liderado por Armando Cavalieri -junto con la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA)- representó un incremento del 8% a pagarse en dos tramos (4,25% en septiembre y 3,75% en octubre).
Según deslizaron desde el sector, en los primeros días de diciembre se llevarán a cabo nuevas negociaciones con el objetivo de analizar una recomposición salarial.
A la hora de calcular el monto del aguinaldo, los trabajadores tienen que tener en cuenta el mejor sueldo que percibieron durante los últimos seis mese.
En caso de haber prestado servicios en un período de tiempo más corto, el empleador destinará un monto proporcional.
Sin embargo, en caso de cumplir con la normativa, recibirán la mitad de su salario de diciembre. Por ejemplo, un cajero -categoría A- cobrará $ 868.016, por lo que el Sueldo Anual Complementario será de $ 434.008.
En total, percibirá en diciembre un monto de $ 1.302.024.
Los Empleados de Comercio percibirán en diciembre el aguinaldo, monto conformado por el 50% de la mejor remuneración percibida durante los últimos 6 meses.
En el caso de los cajeros, los montos estarían compuestos de la siguiente manera:
Categoría | Salario | Aguinaldo | Total |
Cajero A | $ 868.016 | $ 434.008 | $ 1.302.024 |
Cajero B | $ 872.357 | $ 436.178,5 | $ 1.308.535,5 |
Cajero C | $ 877.930 | $ 438.965 | $ 1.316.895 |
Según indica la ley 27.073, existe una fecha límite para el pago de cada una de las cuotas del aguinaldo. La primera de ellas se abona en la última jornada laboral de junio -el 30- y la segunda se paga el 18 de diciembre.
A pesar de ese requisito que deben cumplir las empresas, la normativa permite una excepción de hasta cuatro días hábiles para efectuar el pago.