A partir del fallo que obliga a las empresas de transporte a garantizar el acceso gratuito a los servicios de transporte para las personas con discapacidad, el secretario de Transporte, Franco Mogetta, festejó la medida en su cuenta de X (Twitter) y expuso a los empresarios que no la estaban cumpliendo: "Meterse con personas vulnerables los convierte en la peor clase de ratas".
"Cuando desregulamos el transporte de larga distancia, algunas ratas disfrazadas de empresarios no tuvieron mejor idea que dejar de cumplir con la obligación de transportar gratis a personas con discapacidad (pese a que la desregulación no afecta ese derecho), creyendo que con esa opereta daríamos marcha atrás y ellos mantendrían sus privilegios de casta", inició Mogetta en su posteo.
Además, aclaró: "No solo no damos marcha atrás, los sancionamos con multas y presentamos una medida cautelar ante la justicia, a raíz de esa presentación, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal número 11 ordenó hoy a las empresas integrantes de la Cámara Empresaria de Larga Distancia (CELADI) que 'de modo inmediato procedan a dar cumplimiento con la obligación establecida en las leyes 22.431, 26.928 y 27.674', lo que implica otorgar los pasajes para las personas con discapacidad".
"Meterse con personas vulnerables los convierte en la peor clase de ratas y este gobierno con ratas no transa, las combate. P.D: perdón a las ratas por la comparación", concluyó el Secretario de Transporte.
La resolución refuerza la obligatoriedad de brindar condiciones equitativas de movilidad, priorizando la inclusión social. Según el tribunal, esta decisión se fundamenta en la necesidad de evitar daños irreparables a quienes dependen de esta prestación para su traslado diario.
De esa manera, el Juzgado N° 11 ordenó a las empresas de transporte nucleadas en la CELADI garantizar el acceso gratuito a los servicios de transporte para las personas con discapacidad. Esta decisión se enmarca en las leyes 22.431, 26.928 y 27.674, que protegen los derechos de este colectivo, y establece que las compañías deben acreditar el cumplimiento de esta medida ante el tribunal en un plazo de dos días.
A su vez, el fallo también contempla la continuidad de las compensaciones económicas que el Estado Nacional debe otorgar a las empresas de transporte para asegurar el cumplimiento de esta política. De acuerdo con la Resolución 523/23, actualmente vigente, las compañías recibirán los montos estipulados para sostener el servicio gratuito a las personas con discapacidad, una medida que busca equilibrar el impacto financiero en las empresas mientras se garantiza el acceso efectivo a un derecho consagrado por ley.
Asimismo, la resolución judicial incluyó una medida cautelar que extiende su vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva. Esto asegura que las personas beneficiadas por estas leyes no vean interrumpido su acceso a los servicios de transporte, considerado esencial para su integración y desarrollo.
Por último, el tribunal solicitó informes tanto al Ministerio de Transporte como a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) para monitorear la implementación de la medida.