Las Fuerzas Armadas juegan un papel fundamental en el mantenimiento de la soberanía y la paz de un país. Además de labores de auxilio y ayuda como las que actualmente se encuentran realizando en los pueblos más afectados por la DANA , los militares españoles también están desplegados en distintos países. Según los datos del Ministerio de Defensa sobre misiones en el exterior en 2024, los militares españoles participan en al menos 14 misiones internacionales. Se trata de despligues en los que nuestro país participa como miembro de la OTAN, la UE o misiones de la ONU . Entre las funciones que realizan están el adistramiento y asesoramiento a fuerzas armadas de otros países, lucha contra la piratería, verificación de procesos de paz o las misiones de disuasión. El sueldo de los militares en España está condicionado por el rango que haya alcanzado cada uno de ellos. Un soldado raso puede cobrar en torno a 1.340 euros brutos mensuales, mientras que un teniente general puede superar los 5.000 euros brutos al mes. Por otro lado, cabe destacar que los militares, como empleados públicos, están divididos en categorías profesionales que van desde el grupo C2 al A2. En este sentido, su sueldo consta de un salario base, de trienios y de pagas extraordinarias . Además, los miembros de las Fuerzas Armadas tienen derecho a distintos complementos según su puesto. Estos pueden ser: complemento de destino, complemento de empleo, complemento de dedicación especial o complemento por gratificación de servicios extraordinarios. Los militares que realizan misiones en el extranjero, ya sean entrenamientos o cualquier otra función mencionada anteriormente, disponen de una gratificación por esta condición. Así, para determinar estos sueldos hay que acudir a dos normas. La primera es el Real Decreto 1314/2005 , de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de retribuciones del personal de las Fuerzas Armadas. El artículo 18 de esta ley reconoce que «personal de las Fuerzas Armadas que participe en operaciones de apoyo a la paz y de ayuda humanitaria en el extranjero percibirá las retribuciones correspondientes a su empleo y puesto, así como una indemnización que retribuirá las especiales condiciones en que desarrolla su actividad». Esa indeminización se determina a partir del Ministerio de Defensa, previo aviso al de Economía y Hacienda. La cuantía, recoge el artículo, depende del tipo de misión y país o países en que esta se desarrolle. El importe es la suma de tres conceptos: el complemento de dedicación especial ; un porcentaje, como máximo, del 100% de la indemnización por residencia eventual ; y un porcentaje, como máximo, del 100% de la suma del sueldo, el complemento de empleo y el componente general del complemento específico . «En los meses de inicio y fin de la misión, la indemnización será compatible con el percibo, en su caso, de los complementos de dedicación especial o productividad que se le pueda asignar por el tiempo de servicios prestados», recalca el citado artículo. En el artículo 19 de ese Real Decreto se establece que los militares que participe en navegaciones, maniobras o ejercicios también recibirá una indemnización . En este caso, se utilizará un porcentaje del sueldo, complemento de empleo y componente general del complemento específico , porcentaje que se fijará atendiendo a las condiciones en que se desarrollan las navegaciones, maniobras o ejercicios y en proporción al número de días de duración. El Real Decreto detalla los complementos específicos mensuales de puestos en el extranjero. Para un general de ejército, almirante general, general del aire es de 1.846,38 euros al mes, mientras que para un soldado o marinero se sitúa en 109,09 euros mensuales. La otra norma a la que hay que acudir es el Real Decreto 6/1995 , de 13 de enero, por el que se regula el régimen de retribuciones de los funcionarios destinados en el extranjero, que no solo sirve para los militares sino que regula también a otro tipo de funcionarios en el exterior.