El Ministerio Público, que no se pronuncia todavía sobre el fondo del caso, considera que el familiar sí tiene derecho a impugnar una eutanasia, al contrario de lo que resolvió la magistrada
La jueza avala la eutanasia a un hombre de Barcelona que había recurrido su padre
Sorpresa en la causa abierta por el intento de un padre de impedir la eutanasia a su hijo. La Fiscalía ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) el auto por el que una jueza de Barcelona autorizó la eutanasia que había impugnado el familiar del paciente. El Ministerio Público no entra en la cuestión de fondo sobre si la eutanasia estaba bien concedida, sino que recurre la negativa de la jueza de lo contencioso a considerar que el padre estaba legitimado para impugnarla.
Se trata pues de una discusión técnica sobre quién puede recurrir una eutanasia (no sobre el fondo del derecho a morir dignamente), pero de vital importancia. Entidades ultracatólicas como Abogados Cristianos representan a familiares que impugnan la última voluntad de sus allegados, convirtiendo un debate técnico en una instrumentalización de procedimientos para intentar que los tribunales reviertan el derecho a morir dignamente.
En el recurso, al que ha tenido acceso elDiario.es, la fiscal recalca que comparte con la magistrada de Barcelona la conclusión de que solicitar la eutanasia es una “decisión eminentemente personal” que “presenta un fuerte componente de autodeterminación de la persona”. El paciente de Barcelona es un hombre de más de 50 años con enfermedades crónicas que le provocan un alto grado de discapacidad sin perspectivas de mejora.
Lo que discute la Fiscalía es la negativa de la jueza a considerar el padre del hombre solicitante de la eutanasia como una persona con interés legítimo para recurrir la eutanasia. La magistrada valoró que, en el caso concreto, no bastaba con el mero vínculo familiar, ya que la relación entre padre e hijo era en la actualidad casi inexistente.
La jurisprudencia europea, recordó la jueza, requiere que, para recurrir la eutanasia, el familiar tenga un “vínculo real” con el paciente que quiere morir dignamente, algo que no se daba en este caso. Por el contrario, la Fiscalía entiende que debe permitirse el recurso del padre, al considerar que sí tiene una “relación, cercanía y pervivencia de los vínculos de solidaridad” con su hijo.
La “interpretación restrictiva” del vínculo familiar realizada por la magistrada, en palabras de la fiscal, “convertiría en la práctica las resoluciones favorables a la prestación de eutanasia en una suerte de ámbito libre de Derecho, ya que ni podrían recurrir los familiares o allegados ni en la práctica” el Ministerio Público.
“No se trata en modo alguno de confrontar o primar la opinión de un familiar respecto a la libre decisión del solicitante respecto al ejercicio del derecho a la prestación de ayuda a morir cuando se cumplen todos los requisitos legalmente establecidos”, insiste la fiscal, que defiende, al contrario que la jueza, el hecho de “reconocer el acceso a la jurisdicción a los familiares o allegados del afectado”.
Es más, la fiscal considera que en este casi existen “dudas” sobre la “capacidad, entendimiento y voluntad” del paciente para solicitar la eutanasia, lo que supone un elemento más a favor del interés legítimo del padre para recurrirla. “Las dudas planteadas sobre la capacidad y consentimiento del solicitante deben ser despejadas mediante la oportuna prueba”, añade el recurso.
Resta por resolver otro caso, que afecta a una petición de eutanasia de una joven de 23 años recurrida por sus familiares, representados por la entidad ultracatólica Abogados Cristianos. Este recurso se sigue en otro juzgado de lo contencioso barcelonés.
La Fiscalía pide que en el caso del hombre se vuelva a suspender la eutanasia autorizada, una medida cautelar que es plausible que el TSJC acuerde mientras no resuelve los recursos. Los recursos contra ambas decisiones fueron presentados en agosto. Por ahora ya son más de tres meses sin saber si podrán morir dignamente.