Llegar a la edad de jubilación parece muy lejano, incluso para aquellos que se encuentran cerca de la edad oficial de jubilación. Se trata de una condición deseada por todos los ciudadanos, que pasan a depender de la Seguridad Social gracias a la pensión correspondiente. La Seguridad Social es la encargada de entregar esta prestación a la que acceden millones de españoles al año una vez acaban su trayectoria profesional.
Aquellos ciudadanos que, por la edad, se encuentren en vísperas de poder jubilarse, deberán rellenar la solicitud de la pensión de jubilación. El interesado deberá completar un formulario y entregarlo al organismo competente, en este caso la Seguridad Social, además de los documentos a aportar necesarios para la validación.
Tanto la solicitud como la documentación necesaria para este trámite deberá de ser presentada en cualquiera de los centros de información del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En el caso de los trabajadores del mar, deberán de presentarlo en las direcciones provinciales del Instituto Social de la Marina (ISM).
En este sentido, aquellos ciudadanos que deseen obtener esta prestación pueden presentar la solicitud dentro de los tres meses anteriores o posteriores a la fecha de cese en el trabajo. Por ello, los efectos económicos de la pensión se producen a partir del día siguiente a la fecha en la que se finaliza la actividad en el trabajo.
La prestación por jubilación, en su modalidad contributiva, cubre la pérdida de ingresos que sufre una persona cuando, alcanzada la edad establecida, cesa en el trabajo por cuenta ajena o propia, poniendo fin a su vida laboral, o reduce su jornada de trabajo y su salario en los términos legalmente establecidos.
Esta prestación está incluida dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales que integran el Sistema de la Seguridad Social, con las particularidades y salvedades que, en cada caso y para cada modalidad, se indican en el respectivo Régimen Especial.
Algunos requisitos para poder optar a esta prestación son los siguientes:
Para conocer la subida exacta de las pensiones, lo primero que hay que saber es que la revalorización se calcula anualmente en función del Índice de Precios al Consumo (IPC) de los 12 meses previos al mes de diciembre del año anterior.
Si bien en enero de 2024, el incremento fue del 3,8%, las previsiones estiman una subida del 3,06% para 2025. De ser así, este incremento dejaría la pensión media en alrededor de 1.293 euros mensuales, lo que supone una subida de 35 euros respecto a la actual. Por su parte, las pensiones de jubilación ascenderían a 1.486 euros, mientras que las de incapacidad permanente alcanzarían los 1.196 euros. En cuanto a las pensiones de viudedad y orfandad, quedarían en 923 y 516 euros respectivamente.
El dato exacto de la subida de las pensiones se podrá conocer el 28 de noviembre, que será cuando se publique el dato estimado de inflación del mes de noviembre, para finalmente ser confirmado el próximo 13 diciembre.
Sin embargo, a pesar de que muy probablemente habrá una revalorización de las pensiones, la edad de jubilación estipulada en España sufrirá algunos cambios. Si bien en 2024 la edad de jubilación se sitúa en 66 años y seis meses, siempre que se haya cotizado menos de 38 años, lo cierto es que en 2025 aumenta a 66 años y ocho meses, en el caso de que se haya cotizado menos de 38 años y tres meses. En caso de que se haya trabajado 38 años y tres meses o más, la edad de jubilación se situará en 65 años. Recordemos que, a día de hoy, basta con haber trabajado al menos 38 años.