Desde el Congreso de los Diputados se aprobó el pasado jueves 14 de noviembre una enmienda de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que influye sobre el problema de la okupación en nuestro país. Esta reforma fue prouesta del PNV y obtuvo el apoyo del PP, Junts, UPN y Coalición Canaria, saliendo adelante por un error: los votos a favor de Bildu y ERC, que calificaron de «injustificable» ellos mismos. Aún así, salió adelante con PSOE, Sumar, Podemos y BNG en contra y con la abstención de Vox. Antes de aprobar dicha enmienda, la abogada de AF LEGIS y experta en derecho inmobiliario, Arantxa Goenaga, explicaba a ABC que el cambio más importante es que las situaciones de okupación, hasta ahora, se tramitaban por vía civil, pero, con esta novedad, los casos de okupación serán considerados delitos penales , pudiéndose enjuiciar por la vía penal, cosa que antes no pasaba. Con este cambio sobre la mesa, Julio Naveira, abogado y experto en Derecho Inmobiliario, ha expresado en 'Mediodía COPE' que antes de todo se debe «diferenciar lo que son las okupaciones delincuenciales , que son las patadas en la puerta, del resto de okupaciones, como la inquiokupación». Uno de los mayores problemas de la okupación para este experto es que se tarda mucho tiempo en devolver la posesión a la propiedad , llegando a alcanzar «entre dos y cuatro años», algo que considera «inconcebible» y que afirma, «solo pasa en España y no en otros países de nuestro entorno, y que solamente pasa en este tipo de delitos». Según explica, la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal recién aprobada, «solamente afecta a las okupaciones delincuenciales, no soluciona el problema, solamente agiliza el plazo de devolución , que podemos pasar de dos a cuatro años al plazo de un año». También destaca lo siguiente a COPE: «una cosa es tener la sentencia o tener el juicio, que pueden ser quince días sobre el papel, en la práctica pueden ser un mes, un mes y medio, dos meses, y otra conseguir entregar la posesión al verdadero propietario con la ejecución del lanzamiento de este okupa». Así, el abogado indica lo que para él sería una solución: «La única forma de solucionar el problema es que se dicte una medida cautelar que en el plazo de 48 horas siguientes a la detención, si el okupa no tiene un título por el cual está ocupando esta propiedad, sea desalojado de inmediato ». A ello añade que también es clave «actuar como se actúa en el resto de delitos», como por ejemplo cuando roban un coche y la Policía pilla al ladrón: «Te devuelven el coche al momento y luego tenemos un juicio que puede tardar dos o tres años», ejemplifica. Naveira insiste en que estos delitos deben tener la actuación del juzgado: «Una vez hay una detención por un delito de okupación de bien inmueble, sea allanamiento de morada o no lo sea, el juzgado requiere de forma inmediata a este autor para que en el trazo de 48 horas aporte un título y, si no hay título, de forma inmediata se procede a su desalojo, se devuelve la posesión a su titular y a partir de aquí que siga el procedimiento ». Para el experto esta sería la única manera en que la «okupación delicuencial dejaría de tener validez o valor para estos okupas porque para ocupar por 48 horas nadie ocuparía». El experto también ha mencionado el problema de la inquiokupación, para el cual no ve otra solución que dar más recursos económicos a la Administración de Justicia para que los juicios se puedan agilizar. En estos casos, Naveira explica a COPE: «La persona entra en la propiedad porque hay un contrato de alquiler y entra con el permiso del propietario. Por tanto, el desahucio de falta de pago hemos de agilizarlo aún más, y eso implica una mayor dotación económica para que la justicia no sea tan lenta».