Cuando el pasado mes de junio la Audiencia de Sevilla emitía su decisión de absolver al Cuco y su madre por mentir en el juicio por el asesinato de Marta del Castillo , la abogada de los padres, Inmaculada Torres, anunciaba que acudirían al Tribunal Supremo. Ahora se conocen los cuatro argumentos que expone ante el Alto Tribunal para revocar la absolución de Francisco Javier García y Rosalía García por el delito de falso testimonio. En junio de 2022 el Juzgado de lo Penal número 7 de Sevilla condenó al Cuco y su madre por falso testimonio. Dos años después, la Audiencia de Sevilla los absolvió. La abogada de Antonio del Castillo y Eva Casanueva solicitó al tribunal una aclaración y subsanación del fallo, que en una resolución conocida hace quince días denegaba. Ahora, la letrada ha presentado el escrito en el que anuncia su recurso y los cuatro argumentos que alega contra la absolución de la Audiencia. El primero de éstos es la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a obtener una resolución motivada, al haberse excedido la sentencia de los límites en los que estaban planteados los recursos de apelación de las defensas. A juicio de la letrada, la Audiencia no acepta los hechos probados del juez de lo Penal, «revoca los hechos probados, que fueron reconocidos por los acusados». Además, las defensas, en sus recursos, recogían que «respetaban y estaban de acuerdo con los hechos declarados». En este sentido, la prohibición de incongruencia impide al juez «alterar o modificar los términos del debate judicial, debiéndose ajustar al objeto del proceso, sin poder pronunciarse sobre cuestión no alegada ni discutida, porque ello supone violar el principio de contradicción procesal en cuanto no se da a la parte la oportunidad de oponerse o discutir sobre el punto». Por eso, considera la letrada que se ha vulnerado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva al haberse sustraído a esta acusación particular la posibilidad de contradecir u oponerse a una decisión sobre un tema no propuesto, lo que causa «indefensión» . El segundo argumento expone que el tribunal ha incurrido en una « incoherencia interna manifiesta entre el relato de hechos probados, inexistentes tras la revocación de los hechos probados de la sentencia de instancia, admitidos y no cuestionados por los recurrentes, la fundamentación jurídica y el fallo absolutorio, basando la absolución de los acusados en constantes referencias a unos hechos probados que la misma sentencia ha revocado». Otro motivo recurrido es la falta de motivación y fundamentación en derecho de la decisión de la Audiencia de Sevilla , que basa la absolución del Cuco en la «confusión» de su estatus o condición. Esa falta de motivación se extiende, para la letrada de la familia de Marta del Castillo, en la consideración de ausencia de trascendencia de la declaración de falaz Rosalía García. En el recurso se vuelve a detallar que la declaración de ambos en el juicio por el asesinato de Marta del Castillo indujo a error al tribunal, no sólo en la relación de los hechos de la muerte y desaparición de la menor, sino en relación con la hora en la que sucedieron los hechos, que la Audiencia situó entre las diez y las diez y media del 24 de enero de 2009 (en un tramo en el que el Cuco no estaba localizado); y el juez de Menores que condenó al Cuco por encubrimiento lo fijo entre la una y media y las dos de la madrugada del día 25, cuando Rosalía declaró que su hijo estaba durmiendo en su habitación, hecho incierto porque ella estaba en un bar. «Dicha declaración dio lugar a la absolución del resto de acusados que en dicho tramo no tenían coartada». Sólo fue condenado Miguel Carcaño . Pero abunda en las contradicciones de la decisión de la Audiencia para absolver ambos, pues por un lado estima que a la madre le ampara el parentesco, y por otro dice que no es excusa absolutoria. El cuarto y último argumento es que en ambos investigados concurren todos los elementos del tipo penal del falso testimonio, rechazando que se considere al Cuco un testigo «sui generis» y que podía mentir, una cuestión sobre la que ya se pronunció la Sección Séptima de la Audiencia, que juzgó a Carcaño y el resto de adultos. Allí declaró con la condición de testigo, como su madre, donde «mintieron».