La Sala Constitucional rechazó el recurso de habeas corpus planteado por Marta Esquivel Rodríguez, presidenta ejecutiva suspendida de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), contra el OIJ.
La jerarca planteó la queja por el trato recibido el 23 de setiembre, cuando se entregó en la delegación del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) en Pérez Zeledón, al ser una de las imputadas por el Caso Barrenador, relacionado con supuestos sobreprecios en la adjudicación de un contrato a cuatro cooperativas y una asociación médica para administrar de 138 Ebáis por 10 años.
Los magistrados desestimaron por unanimidad los agravios respecto de la detención, las condiciones de la estadía en la delegación regional del OIJ en Pérez Zeledón y el uso del vehículo para el traslado de personas detenidas.
Igualmente, rechazó los reclamos contra las actuaciones del Ministerio Público en la causa penal, los alegatos relativos a las personas denunciadas, las declaraciones de las autoridades en los medios de comunicación, la denegatoria de la devolución de los pasaportes, la solicitud de nulidad de los allanamientos y los demás extremos conexos.
La única queja acogida por los magistrados está relacionada con el hecho de que no pudo comunicarse con los custodios durante el traslado desde Pérez Zeledón a San José para hacer necesidades fisiológicas.
“El Tribunal rechazó los agravios presentados por la señora presidenta, salvo una, que era la necesidad de tener una forma de comunicación en caso de necesitar responder una necesidad fisiológica”, ratificó Fernando Castillo Víquez, presidente del tribunal constitucional
Desde el 10 de octubre, Esquivel cumple una medida cautelar de seis meses de suspensión del cargo ordenada por el Juzgado Penal de Hacienda. La misma medida se aplicó a otros tres directivos de la Caja y a la gerenta general de la entidad, María de los Ángeles Gutiérrez.
Los cuatro funcionarios están dentro de los 16 encausados por los delitos de tráfico de influencias e influencia contra la Hacienda Pública, del caso Barrenador.