A partir de ahora, los medicamentos que sean de venta libre podrán exhibirse en las góndolas de las farmacias. Así lo determinó el Gobierno a través del Decreto 1024/2024, publicado este miércoles en el Boletín Oficial.
El texto oficial estableció nuevos lineamientos para la compra y exhibición de estos fármacos.
"Los medicamentos de venta libre podrán ser exhibidos en las góndolas de establecimientos habilitados como farmacias, de modo tal que conserven inalteradas sus propiedades fisicoquímicas y el público general pueda acceder directamente a ellos sin necesidad de intermediarios", dispone el texto.
La medida lleva la firma del presidente Javier Milei, el ministro de Salud Mario Lugones y el jefe de Gabinete Guillermo Francos.
El decreto sustituye "el artículo 1° de la Reglamentación de la Ley N° 17.565 y sus modificaciones, aprobada por el Decreto N° 7123 del 15 de noviembre de 1968 y sus modificatorios". En este sentido, "los medicamentos de venta libre deberán ser ofrecidos en caja cerrada, con su respectivo prospecto y exclusivamente a personas mayores de 18 años".
También postula que el expendio de medicamentos de venta libre, "cuando fuera en góndolas, deberá sujetarse a una serie de condiciones:
Además, establece que "la edad del adquiriente será constatada con el Documento Nacional de Identidad (DNI) al momento de efectuar el pago".
En tanto, el decreto indica también que en los establecimientos "que no estén habilitados como farmacias, la comercialización de medicamentos de condición de expendio de venta libre estará limitada a los antiácidos y los analgésicos".
Asimismo, indica que "la Autoridad de Aplicación estará facultada a ampliar el listado de medicamentos de venta libre habilitados en los referidos establecimientos".