Ha admitido a trámite el recurso presentado por un particular y ha reclamado los expedientes administrativos a los responsables de la Generalitat valenciana y la Agencia de Seguridad y Emergencias
Mazón comió el día de la DANA con la periodista Maribel Vilaplana para ofrecerle la dirección de la televisión pública
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana ha admitido a trámite el recurso presentado por un particular contra la “inactividad” de la Generalitat valenciana y de la Agencia de Seguridad y Emergencias en relación a la DANA.
Según ha informado esta tarde el TSJ valenciano, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso de este tribunal ha dictado un decreto por el que acuerda admitir a trámite el recurso presentado por un particular contra la, según recoge literalmente este recurso, “inactividad de la Presidencia de la Generalitat valenciana y la Agencia de Seguridad y Emergencias de la propia Generalitat en relación a la dana”.
Conforme a la ley, el TSJ valenciano ha acordado reclamar los expedientes administrativos a sus responsables. Además, da a las “corporaciones demandadas” un plazo de nueve días para que “puedan personarse en autos” en calidad de “demandados”.
El recurso fue presentado por el abogado valenciano Curro Nicolau. Nicolau es un abogado que durante la pandemia interpuso decenas de recursos y reclamaciones en los tribunales relacionadas con la pandemia. Muchas de ellas fracasaron y se tradujeron en el aval judicial del Supremo a las restricciones de movilidad del Gobierno central. Nicolau también presentó ante el Tribunal Supremo otro recurso contencioso-administrativo “por inactividad del Gobierno (central) en la gestión de la catástrofe de la DANA”.
En su escrito, Nicolau apuntaba a la “clara inactividad” de la Generalitat “al no informar debidamente a la población y con el tiempo suficiente para minimizar los posibles efectos devastadores del aumento del caudal masivo y fugaz de los rios Magro y rambla del Poyo”.
Hace dos días, este tribunal remitió al Supremo otra demanda interpuesta por una asociación por la “inacción” del Gobierno de Pedro Sánchez frente a las inundaciones ocasionadas por la DANA en la provincia. En este caso, fue presentada por la asociación Liberum contra la Delegación del Gobierno en Valencia, por lo que el TSJ valenciano consideró que el órgano competente es el Supremo.