La mayoría progresista del Tribunal Constitucional que preside Cándido Conde-Pumpido ha modificado la doctrina establecida por la anterior mayoría conservadora en la sentencia que tumbó el estado de alarma de Sánchez y ha reinterpretado las limitaciones sobre derechos fundamentales. La nueva lectura del órgano de garantías no afecta a aquel decreto pero sí tendría incidencia de cara al futuro. La adopción del estado de alarma implica la restricción de derechos fundamentales , como sucedió en el confinamiento, pero en ningún caso la suspensión porque entonces sería un estado de excepción. Sin embargo, el TC dice ahora que «la intensidad de la injerencia en el ámbito del derecho fundamental no es un criterio determinante de la diferenciación constitucional entre la suspensión...
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