Desde que el Ministerio de Salud informó de que a partir del 11 de enero de 2025 será necesaria la vacuna contra la fiebre amarilla para visitar 43 países, surgieron muchas dudas. Por esta razón, las autoridades prepararon una guía con preguntas y respuestas, la cual difundieron este 1.º de noviembre en el Boletín Epidemiológico.
Es un virus transmitido por el zancudo Aedes aegypti, el mismo que transmite el dengue, zika y chikungunya.
El periodo de incubación de la enfermedad es de tres a seis días. Muchas personas no experimentan síntomas, pero la mayoría sí. Las manifestaciones más comunes son:
En la mayoría de los casos, los síntomas desaparecen en cuestión de tres o cuatro días. No obstante, un pequeño porcentaje de pacientes entra en una segunda fase, más tóxica, después de uno o dos días sin síntomas. Esta fase se caracteriza por:
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la mitad de los pacientes que entra en la fase tóxica mueren en un plazo de siete a diez días. No hay un tratamiento específico, se enfoca en tratar los síntomas que cada persona presenta.
La fiebre amarilla no se ve en Costa Rica desde hace casi 70 años, en 1956. La última vez que hubo un caso sospechoso y se descartó, fue hace más de ocho años, en febrero de 2016.
Se ha visto una mayor dispersión de la enfermedad a países y regiones donde antes no estaba. Además, el mosquito transmisor está presente en Costa Rica, por lo que si el virus ingresara sería más fácil la transmisión.
Son 11 de América y 32 de África. La obligatoriedad de la inoculación rige, independientemente de la zona del país que se visite.
América: Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Guyana Francesa, Paraguay, Perú, Surinam, Venezuela y Trinidad y Tobago.
África: Angola, Benín, Burkina Faso, Burundi, Camerún, República Centroafricana, Chad, República del Congo, República Democrática del Congo, Costa de Marfil, Guinea Ecuatorial, Etiopía, Gabón, Gambia, Ghana, Guinea, Guinea-Bisáu, Kenia, Liberia, Malí, Mauritania, Níger, Nigeria, Senegal, Sierra Leona, Sudán del Sur, Sudán, Ruanda, Tanzania, Togo, Uganda y Zambia.
Un mínimo de 10 días antes de salir del país.
Quienes se encuentren en calidad de tránsito en aeropuerto o puerto nacional están exentos, entendiéndose tránsito a cualquier condición en que el pasajero o la tripulación no salga de las instalaciones aeroportuarias o del barco, y por tanto no pasa por el proceso de migración.
En las embarcaciones estarán exentos de la presentación de dicho documento, las personas que desciendan y permanezcan en el puerto durante el atraque.
La emisión en Costa Rica del Certificado Internacional de Vacunación contra la Fiebre Amarilla será responsabilidad del Ministerio de Salud. Este certificado es gratuito y se emite en cada una de las Áreas Rectoras de Salud del Ministerio de Salud.
La persona interesada deberá presentar comprobante válido de que fue vacunado; debe estar firmado por un profesional autorizado, donde se indique el nombre de la persona, la fecha de vacunación y el número de lote de la vacuna. Este comprobante lo debe dar la farmacia donde se aplicó la vacuna.
En cualquiera de las 82 Áreas Rectoras del Ministerio de Salud del país.
El trámite es inmediato y sin costo alguno.
Puede denunciar llamando al número 4003-5240, de la Contraloría de Servicios. También puede presentarse a la oficina de la Contraloría de Servicios, en el primer piso de las oficinas centrales del Ministerio.
La validez es indefinida ante las autoridades correspondientes de puertos, aeropuertos y puestos fronterizos. Cada persona será responsable de conservar su certificado en buen estado.
El interesado deberá presentar de nuevo el comprobante válido firmado por un profesional autorizado, donde se indique el nombre de la persona, la fecha de vacunación y el número de lote de la vacuna.
Sí, siempre y cuando toda la información contenida sea legible y completa y que el mismo haya sido dado en Costa Rica.
La CCSS no coloca la vacuna contra la fiebre amarilla; esta solo se vende en farmacias privadas.
El Ministerio de Salud no puede ni debe recomendar a algún comercio para que las personas compren su vacuna. Queda a criterio de cada interesado buscar la farmacia.
El Ministerio de Salud no confeccionará certificados de vacunas aplicadas en otros países.
Por tratarse de un certificado internacional, tiene validez en cualquier país donde se pida como requisito para ingresar.
Al ser un documento que fue expedido en otro país, su información no se registra en ninguna otra parte, por lo que si se extravía solo en ese país se puede pedir el duplicado.
Se debe tener en cuenta que, si el certificado fue emitido en uno de los países de la lista que requiere el certificado para poder visitarlo, no podrá salir sin este requisito, por lo que si se pierde el documento lo mejor es que se vuelva a aplicar la vacuna nuevamente.
Por seguridad para la persona, la vacuna se debe aplicar en el mismo lugar donde se compró, además se debe tomar en cuenta que, para la extensión del certificado en Costa Rica, hay que cumplir con requisitos propios de la legislación costarricense, por lo que no se puede comprar en otro país para ser aplicada en Costa Rica.
En caso de que la vacuna contra fiebre amarilla no esté disponible a nivel nacional, el Ministerio de Salud deberá emitir una nota dirigida a la Dirección General de Migración y Extranjería y al Instituto Costarricense de Turismo, para enterar a toda agencia de viajes, grupo turístico o similar, empresa naviera o aerolínea.
Además, la no disponibilidad se publicará en redes sociales y en la página web oficial del Ministerio de Salud, y se emitirá un comunicado de prensa, donde se indique claramente el periodo de no disponibilidad de la vacuna para justificar la no vacunación de las personas que habitan en Costa Rica y que deben viajar a países o zonas de riesgo.
Sí. Hay de dos tipos. Las absolutas y las sujetas a consideración médica. Las absolutas corresponden a quienes no deben recibirla del todo; mientras las que están sujetas a valoración médica, como su nombre lo dice, dependen de la condición del paciente.
Contraindicaciones absolutas:
Contraindicaciones sujetas a valoración médica
Debe presentar un certificado médico (no epicrisis), extendido por su médico tratante, donde exponga las causas de fuerza mayor por las que no puede ser vacunado.
De cumplirse con estos requisitos, el certificado será avalado por el Ministerio de Salud con sello y firma de la Dirección del Área Rectora de Salud y esto le permitirá salir del país.
Los extranjeros no residentes que provengan de países o zonas geográficas de riesgo deberán aportar previo al ingreso a territorio nacional el certificado médico avalado por la autoridad sanitaria nacional del país de donde proviene.