En el 2022, el Banco Popular (BP) intentó adquirir para algunos de sus jerarcas una póliza similar a la que el gobierno de Rodrigo Chaves ahora pretende contratar para liberar a su gabinete de eventuales responsabilidades civiles. No obstante, la Dirección Jurídica frenó el proceso de adquisición.
El 22 de junio de ese año, Armando Rojas Chinchilla, entonces director jurídico del BP, recomendó no seguir adelante con esa contratación. Alegó que no existía una base legal que la sustentara. Así consta en el oficio N.° DIRJ-0378-2022, del cual La Nación tiene una copia.
“El citado seguro cubre la responsabilidad civil que puedan tener los directores o jerarcas por actos negligentes, pero no cubre por la comisión de algún delito, que es el sustento normativo al que se hace referencia para su adquisición.
“Con fundamento en lo anterior, no observamos la fundamentación legal o de oportunidad para que Popular Seguros pueda contratar en favor de sus empleados la póliza descrita en la consulta planteada con recursos públicos”, explicó Rojas en ese documento.
El oficio fue emitido en respuesta a una consulta legal planteada por Popular Seguros, que tras implementar un programa de sistemas de información Core, evaluó la posibilidad de adquirir una póliza de responsabilidad civil para directores y oficiales, para cubrir riesgos derivados de “posibles malas decisiones” en el proceso.
La operadora de pensiones argumentó que podía adquirir ese seguro con base en el artículo 6 de la Ley de Responsabilidad de las Personas Jurídicas sobre Cohechos Domésticos, el cual respalda la adopción de modelos de organización, prevención de delitos y programas de ética empresarial.
No obstante, el director jurídico refutó el alegado y explicó que dicho apartado solo se aplica a modelos facultativos de prevención de delitos ya adoptados por el conglomerado.
“No puede tomarse como el fundamento normativo para adquirir una póliza de seguros de esa naturaleza, pues hacerlo, implicaría adquirir una póliza para proteger la responsabilidad penal civil de los eventuales responsables”, consignó Armando Rojas.
Además, detalló que esa ley regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas que incurran en casos de corrupción y que no abarca errores humanos.
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En la misma línea, la Dirección de Capital Humano del BP también se pronunció en contra de adquirir la póliza, al considerar que corresponde a los trabajadores desempeñar sus funciones con transparencia. En consonancia con el director jurídico, también señaló que para que se active alguno de los escenarios contemplados en la ley evocada, se requeriría la comisión de un acto de corrupción, de un delito.
“Al final, es la entidad jurídica la que debe cubrir el costo de la sanción ante un acto de esos, pero se prevé como muy difícil que una situación de esas pueda ocurrir, ya que al promoverse las compras por el Sistema de Compras Públicas (Sicop), con revisión legal e incluso la participación de la Contraloría General de la República (CGR) en los eventuales recursos.
“Y existiendo una Auditoría Interna encargada de supervisar el cumplimiento del ambiente de control, además de que el Conglomerado adoptó voluntariamente el modelo de organización, prevención de delitos, gestión y control, no se aprecia la razonabilidad de la fundamentación para adquirir la póliza indicada”, indicó ese departamento.
Ley exige a funcionarios pagar sus propias pólizas
En un segundo oficio, con fecha del 8 de julio del 2022, Armando Rojas dirigió una aclaración a Johanna Montero Araya, gerenta general interina de Popular Seguros, en la cual reafirmó su postura sobre la póliza y explicó la diferencia entre la póliza de fidelidad, que actualmente se le solicita al personal y la póliza de responsabilidad civil.
Rojas subrayó que ambos seguros corresponden a productos distintos, los cuales cubren riesgos muy diferentes y que uno no podría sustituir al otro. La póliza de fidelidad, explicó, se exige al personal encargado de recaudar, custodiar o administrar fondos y valores públicos, y debe ser cubierto por el trabajador con su propio peculio.
En contraste, la póliza de responsabilidad civil busca amparar a directores, administradores y a la entidad ante posibles reclamaciones de terceros por actos culposos ocurridos y declarados durante la vigencia del contrato. Estos actos pueden declararse durante el periodo de cobertura o, incluso, después de finalizado el contrato, si se ha contratado un periodo adicional de declaración.
“Se mantiene nuestra opinión de que no observamos la fundamentación legal o de oportunidad para que Popular Seguros pueda contratar en favor de sus empleados la póliza, bajo el alegato de que busca cubrir a la empresa, pues la adquisición debe realizarse con el peculio del propio funcionario, y no adquirirse con recursos públicos tal y como se propone.
“Incluso, no tenemos evidencia de que en otro ente público estatal se haya adquirido una póliza de esa naturaleza en beneficio de sus empleados, pues no se aportó en la consulta inicial, o en esta solicitud de ampliación”, finalizó Rojas.
La semana pasada este diario y CRHoy.com dieron a conocer que el ministro de Hacienda, Nogui Acosta, pretende contratar una póliza de responsabilidad civil al Instituto Nacional de Seguros (INS) para cubrir al presidente, sus vicepresidentes, ministros y viceministros en caso de enfrentar litigios o sanciones civiles derivados de actuaciones, omisiones o negligencias en el ejercicio de sus funciones públicas.
Sin embargo, el pasado lunes 28 de octubre, en medio de múltiples cuestionamientos, Acosta anunció la decisión de detener la contratación mientras consulta a la Procuraduría General de la República sobre la legalidad de usar fondos públicos en esa compra.
De acuerdo con los registros del Sicop, en el expediente 2024PX-000002-0009100001 se detalla que la prima anual de esa póliza asciende a ¢248.391.706, con una cobertura máxima de responsabilidad civil de $500.000. La póliza cubriría a 65 jerarcas del Poder Ejecutivo. Este contrato tendría una vigencia de 12 meses, renovable hasta por cuatro años.