El Pleno del Congreso aprobó con 70 votos. sin segunda votación , el dictamen del texto sustitutorio que modifica la Ley 32108 o Ley de crimen organizado, que estaba siendo muy cuestionada por diversos sectores de la ciudadanía y organismos públicos y privados.
El artículo 317 del Código Penal, Decreto Legislativo 635, fue uno de las partes más cuestionadas y fue modificada; sin embargo, la definición de 'organizaciones criminales' se mantiene como tal.
"Se considera organización criminal a todo grupo con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa compuesto por tres o más personas con carácter estable, permanente o por tiempo indefinido que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles correlacionados entre sí", se lee en el proyecto.
Otra parte que ha sido modificada ha sido la especificación de cuáles son los tipos de delitos que engloba la ley.
"Para la comisión de delitos de extorsión, secuestro, sicariato y otros delitos sancionados con pena privativa de la libertad igual o mayor a cinco años en su extremo mínimo", especifica.
Asimismo, se mantiene tener el abogado de manera obligatoria para poder realizar un allanamiento, pero se establece que será por parte de la defensa pública “el mismo que deberá estar presente desde el inicio de la ejecución de la medida bajo responsabilidad funcional”.
En declaraciones exclusivas para La República, el fiscal Jorge Chávez Cotrina, comentó que en la reunión sostenida con el día de ayer, sugirió que se modifique el artículo 216 de Ley 32108, Ley de crimen organizado que involucraba la presencia de un abogado en el allanamiento. Sin embargo, el director de defensa pública garantizó que se contará con una defensa desde el primer momento de la intervención.
"Yo les expliqué a ellos que en el tema operativo puede ocurrir que la defensa pública no esté en la capacidad de acompañarlos a todos los lugares en donde se llevan a cabo los operativos, por un tema de operatividad, el director de defensa pública dijo que no tenían ningún inconveniente y los abogados estarán ahí desde el primer momento, garantizaron la presencia del abogado desde el primer momento. Entonces, yo creo que es un avance", señaló Chávez Cotrina.
Asimismo, el fiscal resaltó que fue la presión ciudadana lo que ha hecho que "el Congreso reflexione" y modifique artículos que dificultaban el proceso de allanamiento; por lo que ahora, no será necesario la presencia de un abogado privado para realizarlo, sino será suficiente la presencia de un abogado de defensa pública en las diligencias.
Con el respaldo de Fuerza Popular y Perú Libre, el Pleno del Congreso aprobó incluir el delito de criminalidad sistemática -anteriormente denominado como "terrorismo urbano" en el Código Penal. Esta propuesta fue aprobada en la primera votación con un respaldo de 73 votos a favor, 20 en contra y 15 abstenciones.
El proyecto que se ha aprobado se someterá a una segunda votación en un plazo de siete días calendario. Lo notable de este texto sustitutorio es su brevedad, ya que solo consta de cinco líneas, en las que se propone aumentar las penas a cadena perpetua para ciertos delitos.