El magistrado supremo César San Martín, de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, declaró infundado el recurso de apelación interpuesto por el expresidente Pedro Castillo en el proceso penal que enfrenta por los delitos de conspiración, rebelión, abuso de autoridad y perturbación de la autoridad pública en agravio del Estado. Es importante destacar que el juez supremo Juan Carlos Checkley ya había declarado improcedente una tutela de derechos relacionada con estos mismos pedidos. Esta resolución fue la razón por la cual la defensa legal de Castillo apeló en esta instancia, pero nuevamente no obtuvo un fallo favorable.
"Declararon INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el investigado JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES contra el auto de primera instancia de fojas treinta y dos, de dos de febrero de dos mil veinticuatro, que declaró improcedente la solicitud de tutela de derechos que planteó, junto con todo lo demás que al respecto contiene. Esto en el proceso penal incoado en su contra por delitos de conspiración, rebelión, abuso de autoridad y perturbación de la autoridad pública en agravio del Estado. En consecuencia, CONFIRMARON el auto de primera instancia...", se detalla en la resolución.
La defensa del exmandatario sostiene que la decisión del juez Checkley Soria infringe derechos fundamentales, como el derecho a la defensa, la tutela jurisdiccional, el debido proceso y la debida motivación. Argumentan que, al momento de la detención del exjefe de Estado tras el intento de golpe, el coronel PNP Ramos Gómez no comunicó a su defendido las razones de dicha detención. Por ello, solicitan el restablecimiento del "status quo" y la implementación de medidas de corrección y protección, que incluyan el sobreseimiento o archivo del caso.
No obstante, el 9 de septiembre, durante la audiencia en el Poder Judicial presidida por Checkley, también solicitaron el archivo de la acusación, argumentando que los hechos atribuidos por la fiscalía no constituyen actos ilícitos. Sostuvieron que el delito de rebelión requiere un levantamiento en armas que genere violencia y perjudique a la sociedad, lo cual no sucedió en este caso. Esta solicitud también fue rechazada.
El exjefe de Estado está actualmente en la fase de control de acusación en su proceso judicial. Pedro Castillo Terrones permanece en el penal de Barbadillo bajo una orden de prisión preventiva de 18 meses. La Fiscalía busca imponerle una pena de 34 años de prisión por los presuntos delitos de rebelión, abuso de poder y grave alteración del orden público, tras el golpe de Estado.
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Durante la audiencia del 6 de septiembre sobre su posible excarcelación, el expresidente Pedro Castillo afirmó que nunca se levantó en armas, lo que, según él, desestima el delito de rebelión. Recordó su arresto mientras se dirigía a la Embajada mexicana con su familia, aclarando que su intención era protegerlos, no escapar. Castillo cuestionó la actuación de la Fiscalía, enfatizando que él fue detenido por la Policía Nacional del Perú, que sí portaba armas durante su captura en el vehículo presidencial.
"Fui a la embajada de México no para fugarme, fui a dejar a mi familia, a ponerla a buen recaudo porque la oligarquía, viendo que ha llegado un presidente del pueblo, que no firmó la hoja de ruta, que no estuvo de acuerdo con ellos, que no fue un santo de su devoción (...) por eso es que mi familia tuve que ponerla en buen recaudo", manifestó el expresidente Pedro Castillo.
"Estoy acá en el penal de Barbadillo por un delito que jamás he cometido. A mí se me me tiene acá sustentado en un artículo del Código Penal 346 de Rebelión que dice que me levanté en armas. Yo quisiera preguntarle a la Procuraduría y al Ministerio Público: ¿Dónde encontraron las armas? (…) quienes tuvieron las armas fueron los que me detuvieron cuando estaba en el vehículo presidencial", agregó.