La sección Tercera de la Audiencia de Córdoba ha condenado a J.A.L.C. y F.J.M.S. dos de los tres joyeros sentados en el banquillo de los acusados este pasado martes acusados de un fraude fiscal millonario después de que el Tribunal Supremo (TS) anulara una sentencia anterior y ordenara la repetición del juicio. Los joyeros han reconocido los hechos de los que venían acusados como el fraude a Hacienda de más de 44 millones de euros durante los ejercicios 2010, 2011 y 2012 perpetrado a través de la creación de una empresa ficticia y de la compra y venta simulada de oro, según han informado a ABC fuentes judiciales. La Fiscalía de Córdoba solicitaba en su calificación provisional para los tres acusados penas que sumaban 45 años de prisión y multas por más de 44 millones de euros. Sin embargo, después de que dos de los acusados reconociesen los hechos y se le aplicase además, como recoge la ley, la reducción en dos grados de la pena a la que se enfrentaban por haber transcurrido más de diez años desde que se inició la instrucción del caso, han sido condenados a 22 meses de prisión cada uno . Además, deberán hacer frente a una multa que ronda los 500.00 euros y al pago de forma solidaria de 1,9 millones de euros . Esta causa es la segunda vez que se enjuicia ya que la defensa de estos joyeros recurrió la sentencia dictada por la Sección Tercera ante el Tribunal Supremo (TS) que anuló el juicio al entender que no se habían tenido en cuenta algunas pruebas practicadas y ordenó que se repitiera el juicio con otros miembros del tribunal, según han informado a ABC fuentes judiciales. Esta trama fue enjuiciada por la Audiencia de Córdoba que les condenó a cada uno de los tres acusados a cinco años y nueve meses de prisión por delitos fiscales y multas millonarias cometidos desde el año 2010 al 2012 a través de la reconversión de oro de «diferentes procedencias como piezas a las que les extraían las piedras preciosas« y las reconvertían. En los registros realizados a estos joyeros se encontraron numerosas piezas y joyas de oro, láminas y lingotes así como relojes de alta gama. La Audiencia de Córdoba esta vez ha absuelto a uno de los tres acusados al entender que su cometido en esta trama era meramente comercial mientras que los otros dos acusados usaban ese oro de inversión a la fabricación eludiendo sus deberes fiscales ante la Hacienda Pública durante al menos esos tres ejercicios a través de empresas pantalla , sin actividad, algunas de ellas ubicadas en la provincia de Cádiz, con la que intentaban dar apariencia de legalidad a la compra y venta de oro. Este caso recuerda en parte a la macro causa 'Fénix' abierta contra más de un centenar de joyeros y apenas seis meses después de que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba se viera abocada -ante la imposibilidad técnica de abrir la cinta DAT que contenía los datos de los registros a los joyeros- a confirmar la absolución de los 97 joyeros acusados por el que se preveía el mayor fraude del denominado 'oro negro'. Ahora los Servicios de Inspección de la Delegación de la Agencia Tributaria (AEAT) de Córdoba han solicitado al Juzgado de lo Penal 4 de Córdoba toda la documentación obrante en el caso al considerarla «necesaria para la correcta aplicación de la normativa tributaria» y ha sido concedida..