El Juzgado de lo Social número tres de Alicante ha estimado la demanda del SEP (Sindicato de Empleados Públicos de la Comunidad Valenciana) frente al Ayuntamiento de Alicante por vulnerar el derecho fundamental a la libertad sindical, declarando de "nulidad radical" la decisión del gobierno municipal de retirada la cuenta de correo electrónico del sindicato durante un mes por incumplir nuevas normas de funcionamiento. Además, el Ayuntamiento deberá indemnizar al sindicato con 2.000 euros. "Se considera que la medida sancionadora adoptada por el Ayuntamiento no es ajustada ni proporcionada, pues si bien el contenido de la resolución adelantada verbalmente en una reunión, ésta fue comunicada formalmente con posterioridad a los hechos que se sancionan, por lo que se considera que la conducta de la demanda ha sido contraria al derecho a la libertad sindical del demandante, por los perjuicios que supone la privación del correo electrónico corporativo durante un mes, impidiendo no solo enviar, sino también recibir comunicaciones relevantes para su normal funcionamiento". De hecho, durante ese periodo, el sindicato recibió, aunque no tuvo acceso en tiempo y forma, a más de 300 comunicaciones. La sentencia no es firme, ya que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en un plazo de cinco días hábiles.