La audiencia en la que se iba a evaluar la solicitud del congresista José Luna Gálvez, fundador de Podemos Perú, para archivar el proceso penal en su contra por presunta organización criminal ha sido postergada.
El juez Jorge Chávez Tamariz, quien tenía previsto revisar este pedido el jueves 29 de agosto, decidió reprogramarla para el 23 de septiembre a las 11:00 a.m., luego de recibir un requerimiento de la defensa de Luna.
Este caso está relacionado con la reciente modificación de la ley del Congreso que altera los alcances del delito de crimen organizado, norma que fue aprobada con el respaldo de la bancada de Podemos Perú, partido liderado por Luna.
La defensa del congresista presentó un recurso solicitando el archivamiento del caso, argumentando que los hechos imputados ya no constituyen delito tras la modificación de la Ley 32108, publicada el 9 de agosto de 2024.
El martes 20 de agosto, el Poder Judicial anunció en sus plataformas digitales la admisión del recurso presentado por la defensa legal del congresista. Este recurso busca archivar el proceso en su contra por supuestos delitos relacionados con organización criminal.
Cabe destacar que Chávez Tamariz, quien está a cargo del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, ya rechazó una solicitud similar presentada por Vladimir Cerrón, líder prófugo de Perú Libre, y su hermano, el congresista Waldemar Cerrón, ambos investigados por el presunto delito de organización criminal en el caso conocido como "Los Dinámicos del Centro".
El juez de investigación preparatoria, Jorge Chávez Tamariz, decidió no aplicar la Ley 32108 de crimen organizado en la investigación que involucra al líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón Rojas, y al congresista Waldemar Cerrón Rojas en el caso "Los Dinámicos del Centro". En su resolución, el magistrado ha considerado que si bien la modificación de la ley penal es constitucional, debe ser coherente con la Convención de Palermo.
Los hermanos Cerrón solicitaron el archivo de la investigación por crimen organizado basándose en dicha norma legal, aprobada por el Congreso de la República el pasado 9 de agosto. Sin embargo, el juez ha explicado que la norma no puede ser aplicada en el sentido específico solicitado por los políticos, sino en un sentido más amplio que permiten los tratados internacionales.
En su argumentación, el magistrado ha justificado su decisión haciendo referencia a la obligación de los jueces de cumplir con las leyes, convenios y tratados internacionales de los cuales el Perú forma parte, como es el caso de la Convención de Palermo sobre el combate al crimen organizado. Asimismo, ha destacado la importancia de no dejar de administrar justicia debido a posibles vacíos en la ley, en concordancia con la Constitución Política del Estado.