La ingeniería computacional avanza a pasos de gigante, siendo una de las disciplinas que a mayor ritmo progresa en nuestros tiempos. Su capacidad de gestión de datos y de optimización del trabajo es tal que ya está presente en la mayoría de campos de oficio y del conocimiento. Hoy en día, incluso en una tarea que pudiera parecer tan física y poco escalable como la agricultura, se utilizan ordenadores para maximizar la eficiencia de los cultivos hasta puntos que serían inconcebibles por una mente humana.
Con la rápida incorporación primero de Internet y luego del 'Big Data' y la inteligencia artificial o IA en nuestras vidas cotidianas, se han agilizado multitud de procesos que han venido a hacernos más cómoda la existencia. Sin embargo, la IA, como toda herramienta, constituye un arma de doble filo: puede utilizarse tanto para las cosas más maravillosas del mundo como para las peores.
Si a la increíble capacidad de propagación de información que prácticamente todo el mundo tiene al alcance de su mano, le sumamos la capacidad de crear y obrar sin tener el conocimiento necesario gracias a la IA, obtenemos un cóctel de caos y delincuencia perfecto. Aunque los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FFCCSE) de todo el mundo están en constante formación y renovación para combatir la ciberdelincuencia, cada día surgen nuevas vías por las que cometer delitos en Internet.
Pero por mucha aparente seguridad que otorgue el anonimato de internet, el cuerpo de Policía tiene efectivos y recursos más que de sobra para rastrear la procedencia y realizar una trazabilidad de las actividades delictivas en la red. En muchas ocasiones, por la propia naturaleza de las redes sociales o los canales de mensajería instantánea, llegamos a contenidos ilegales sin buscarlos. Es de vital importancia saber actuar ante estas situaciones para evitarnos futuras complicaciones, así como para proteger al resto de ciudadanos.
Hace menos de un siglo, para ser detenido por posesión de material pornográfico infantil sin saber que se poseía, hacía falta que alguien lo introdujera entre nuestras pertenencias. Pero con la expansión de internet, ahora 'el mundo es una aldea', y podemos tener alguna fotografía de esta clase en el teléfono móvil o en el ordenador sin saberlo, lo que también podría llegar a constituir un delito.
Según dispone el Artículo 189 del Código Penal español, está estipulado como delito la adquisición o posesión de pornografía infantil o en cuya elaboración se hubieran utilizado personas con discapacidad necesitadas de especial protección. Esto hace referencia al 'propio uso', y está condenado con penas de prisión de entre tres meses y un año de prisión.
Está igualmente penado y con la misma carga el acceso a este tipo de contenidos, pero solo si es "a sabiendas". Es decir, que por llegar sin querer a un vídeo explícito de pornografía infantil en redes sociales no se nos podrá meter en la cárcel, pero sí por guardarlo o compartirlo. Para estos otros casos, como veremos más adelante, las penas son mucho mayores.
La Policía Nacional dispone de "tecnologías de la información y la comunicación" necesarias para rastrear la procedencia de esta clase de imágenes, pudiendo encontrar así la raíz del delito y actuar acorde a lo que marca la ley para castigar semejantes actos inmorales e ilegales.
Otro delito mucho más grave es el de 'distribución de pornografía infantil', en el que entra en juego no solo el poseer estos archivos, sino también "producirlos, venderlos, distribuirlos, exhibirlos, ofrecerlas o facilitar su producción, venta, difusión o exhibición por cualquier medio". Esta violación del Código Penal está castigada con penas de entre uno a cinco años de prisión.
El delito de distribución puede agravarse hasta los 9 años de prisión si se cumplen ciertas condiciones establecidas el el Artículo 189.2 y 189.1 del Código Penal español. Aparte de contemplar el hecho de pertenecer a bandas criminales de distribución de pornografía infantil, que exista violencia en el contenido o de si hay alguna clase de vínculo familiar, establece un punto muy interesante.
Aquí es donde entra en juego el uso fraudulento de la herramienta de la Inteligencia Artificial, que tanto está dando de que hablar en los últimos años. Y es que no solo se considera pornografía infantil el material que ha utilizado a menores de verdad, sino también el que pretende simularlo. A veces resulta tan confuso y difícil distinguir si se trata de un muñeco realista, un individuo real o una imagen de un menor creada por ordenador.
Como compartía la Policía Nacional en su cuenta oficial en TikTok (@policia), resulta irrelevante que el contenido sexual explícito de un menor de edad haya sido grabado en vivo o fabricado con inteligencia artificial, es igualmente constituyente de delito, y muy grave. No importa si es "una imagen real o realista", conllevan la misma pena.
La tecnología 'deepfake' con la que la IA es capaz de simular cuerpos y caras humanas es muy utilizada hoy en día, ya se han visto casos en los que se han difundido vídeos realistas de personajes públicos o políticos importantes haciendo o diciendo cosas que jamás sucedieron. Con la pornografía está sucediendo exactamente lo mismo, así como con la pornografía infantil.
Poseer, compartir, crear y difundir cualquier clase de contenido pornográfico o sexualmente explícito de menores de edad es un delito muy grave. El Artículo 189.1 del Código Penal español señala claramente que también constituye delito "cualquier material que represente visualmente a una persona que parezca ser un menor participando en una conducta sexualmente explícita, real o simulada". Las "imágenes realistas" creadas por tecnología 'deepfake' también entran en esta categoría delictiva.