Luego de participar en el foro CADE Educación 2024, el ministro Morgan Quero mostró su respaldo a una norma legal que promulgó el Gobierno de Dina Boluarte para otorgar el licenciamiento permanente a las universidades supervisadas por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). Esta cuestionada iniciativa también aprueba que las clases sean 100% virtuales en estos centros educativos.
"Es el inicio de una nueva etapa. Habrá auditorías y evaluaciones, que en muchos casos serán impulsadas por la Sunedu. (Este organismo) seguirá efectuando sus funciones para verificar el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad", declaró a los medios de comunicación.
Morgan Quero, titular del Ministerio de Educación (Minedu), consideró la oficialización de la Ley 32105 como un logro para el Perú. Dicha normativa estableció que la "autorización otorgada mediante el licenciamiento por la Sunedu es de carácter permanente".
Además, señaló que regresar al antiguo esquema de licenciamiento traería "una serie de retrasos para todo el sistema de educación superior". Incluso aseguró que se dará mayor reconocimiento a las acreditaciones realizadas a través del Sineace.
La norma legal publicada en una edición extraordinaria del Diario El Peruano señala que el licenciamiento otorgado por la Sunedu es de carácter permanente. Sin embargo, las universidades tienen que demostrar el cumplimiento continuo de las condiciones básicas de calidad.
Las instituciones de educación superior estarán sujetas a evaluaciones periódicas que se realizarán de manera inopinada para garantizar la calidad educativa y la transparencia en el uso de recursos públicos. Asimismo, se ha incorporado en el artículo 13 de la Ley Universitaria un inciso que específica la función rectora y reguladora de la Sunedu:
Hasta el momento, la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) ha otorgado 98 licenciamientos. Estas son algunas de las instituciones:
Según el texto promulgado por el Gobierno de Dina Boluarte, las clases virtuales se caracterizan por una interacción simultánea o diferida entre estudiantes y docentes que se facilita por medios tecnológicos.
"Esta modalidad podrá comprender hasta el 100 % de los créditos académicos, siempre y cuando se utilicen tecnologías de información y comunicación (TIC) certificadas, excepto para las carreras y especialidades que requieran realización de experimentos y prácticas presenciales", señalaron.
Estos serán los mecanismos para garantizar la calidad de la modalidad a distancia:
Pero habrá ciertas restricciones en las carreras de formación profesional que requieran necesariamente de la presencialidad. En primer lugar, la Sunedu deberá aprobar un listado de los cursos de las profesiones que omitan las clases virtuales.
Se regulará los componentes prácticos y profesionales necesarios para estas carreras, detallando los requisitos mínimos de infraestructura y de equipamiento. Hasta se ejecutará una supervisión regular de los componentes presenciales por parte de la Sunedu para asegurar el cumplimiento de los estándares de calidad y la efectividad de la formación práctica.