La compraventa de productos de segunda mano no es nueva para nadie. De hecho, se hace con multitud de productos o artículos, como electrodomésticos, ropa, videojuegos o incluso coches, cuyo mercado de segunda mano ya es más concurrido que el de los vehículos nuevos.
En este sentido, dentro de algunos establecimientos pueden existir diferentes partes dedicadas a estos productos de segunda mano, como puede ser el caso de la cadena dedicada a los videojuegos GAME, aunque desde hace años ya existen plataformas online dedicadas exclusivamente a la compraventa de estos artículos con poco uso.
De esta manera, Vinted o Wallapop son los ejemplos exitosos más destacados de este mercado de segunda mano, ya que permiten poner en contacto a los diferentes usuarios desde diferentes puntos de España, así como permiten que los internautas puedan ser, al mismo tiempo, compradores y vendedores simultáneamente.
Aunque la mayoría de personas habituales de estos sitios web realizan pequeñas compras y ventas, puede ocurrir el caso de que haya personas que pueden acabar ingresando grandes cantidades de dinero. Ante eso, la pregunta que puede surgir es clara: ¿debo declarar mis ingresos obtenidos en Vinted o Wallapop?
Existe una normativa de la Unión Europea, concretamente la 2021/514 o DAC7, que obliga a estas plataformas fiscales a compartir la información fiscal de los vendedores que operan en plataformas como las mencionadas Wallapop o Vinted. En España, esa directiva se ha traspuesto los procedimientos de la mencionada como DAC7 mediante Real Decreto.
Sin embargo, la posibilidad de exponerse a sanción no es para todos los usuarios, ya que solo deberán declarar las ganancias aquellos usuarios que hayan generado un incremento patrimonial. Es decir, si vendes más caro de lo que pagaste inicialmente por un producto, eso ya es un incremento patrimonial.
Asimismo, si las ventas de determinados usuarios alcanzan un volumen considerable y se consiguen unas ganancias sustanciales, Hacienda podría interpretarlas como una actividad económica, por lo que el usuario deberá declarar los ingresos y pagar los correspondientes impuestos.
Las sanciones varían dependiendo de la cantidad no declarada y el tiempo transcurrido sin declararlas en el IRPF. Concretamente, y hablando de cifras, aquellos usuarios que hayan vendido 30 artículos o más con un incremento patrimonial de 2.000 euros entre todos ellos pueden verse expuestos a las multas de la Agencia Tributaria.
Por ello, estas sanciones pueden ir desde el pago del importe adeudado con intereses de demora y una multa que puede oscilar entre el 50% y el 150% de la cantidad no declarada, con la posibilidad de que, si hubo intencionalidad de no declarar, esta sea un agravante para sanciones más severas.