Los diputados aprobaron este miércoles, en segundo debate, un proyecto de ley que establece el derecho de las mujeres gestantes a tramitar la adopción de los bebés antes de que nazcan, lo que se conoce como acogimiento prenatal.
Se trata de una propuesta de la congresista Johana Obando, del Partido Liberal Progresista (PLP), que contó con el apoyo unánime de los 40 legisladores presentes en el plenario durante su votación.
La norma establece que, si una mujer gestante no tiene como su proyecto de vida el cuido del bebé, puede ejercer el derecho de solicitar el acogimiento prenatal ante los servicios de salud públicos o privados.
También, se le permite hacer la solicitud ante el Patronato Nacional de la Infancia (PANI).
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El proyecto tiene como objetivo evitar casos de abandono de recién nacidos, así como los de agresión hacia infantes de edades tempranas, por parte de progenitores que no están en disposición de cuidar de los menores.
La iniciativa fue aprobada en primer debate el 29 de abril, último día del periodo de sesiones ordinarias anterior. Durante las sesiones extraordinarias, el gobierno de Rodrigo Chaves mantuvo el proyecto congelado, pues no lo incluyó dentro de la agenda legislativa.
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El expediente 23.269 fue estudiado durante casi dos años, pues generaba muchas dudas entre fracciones políticas, específicamente por la posibilidad de que la figura fuese para el tráfico de menores.
Sin embargo, todas las fracciones finalmente estuvieron de acuerdo y establecieron procedimientos para evitar que puedan darse abusos de la ley, tal como lo expusieron Obando y otros congresistas.
En la solicitud de acogimiento prenatal, la mujer gestante debe expresar los motivos de su decisión para dar en adopción al menor una vez que nazca, así como la eventual existencia de familiares que tengan disposición de asumir las responsabilidades de la persona menor de edad.
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También, se debe detallar sus datos personales, medios de localización y la anuencia o no a que las personas familiares u otras que seleccione el PANI, y que tengan interés en la adopción, puedan presenciar el parto, salvo recomendación médica contraria.
Si la mujer está casada o en unión de hecho, deber formular la solicitud de acogimiento prenatal en conjunto con su pareja. En caso de que el padre biológico de la persona menor de edad se oponga, deberá asumir su cuido, una vez que haya nacido y siempre que el PANI determine su idoneidad.
La iniciativa también establece la obligación de informar al PANI, incluso cuando la solicitud de acogimiento se haya realizado ante un servicio de salud público o privado.
La ley aprobada por la Asamblea prohíbe cualquier tipo de intermediación para presentar una solicitud de acogimiento prenatal. En caso de que eso suceda, podría considerarse un delito de trata de personas.
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Los diputados establecieron que una intermediación ilícita se constituiría cuando un funcionario público u otra persona se acerque a los progenitores para promover la adopción, de forma ajena a la intervención del PANI, haya un pago de por medio o no.
Johana Obando y Eliécer Feinzaig cuestionaron la intención que tuvo la fracción oficialista, después de un año y medio de trámite y tres meses después del primer debate, de frenar la iniciativa.
“A los que tuvieron observaciones, en tiempo, se les abrió las puertas del despacho. Tuvieron el tiempo procesal oportuno, porque esto se tramitó por un año y medio. Esto es fruto del consenso y de la discusión entre bancadas. Les pido el voto, no para mí, sino por los niños. El PANI tiene una visión totalmente adultocentrista y ha perdido el interés superior del niño”, dijo Obando.
Numerosas observaciones de los diputados destacaron que se trata de un proyecto preventivo, pero innovador, y que hace honor del país como un Estado social de derecho.