La Comisión Nacional de Trabajo Agrario (CNTA) oficializó este jueves el aumento del 7% para los trabajadores rurales junto al nuevo tope indemnizatorio.
A través de la Resolución 241/2024 y retroactivo a julio, el incremento próximo a liquidarse permitirá efectivizar una recomposición salarial "superior al nivel de inflación, como en los meses de abril, mayo y junio", según subrayó la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE).
"Seguiremos trabajando incansablemente para garantizar condiciones dignas y justas para nuestros trabajadores rurales, reafirmando nuestro compromiso con su bienestar y prosperidad", amplió el secretario General del sindicato rural José Voytenco.
El ente a cargo de definir los salarios para los empleados agrarios estableció una nueva base promedio para las indemnizaciones en $ 684.653,7 mientras que el tope trepará a $ 2.045.152,32.
Sobre los haberes, no incluirán comidas adicionales ni Sueldo Anual Complementario (SAC), es decir aguinaldo.
Categoría | Sueldo (por hora) | Salario mensual |
Peones generales | $ 27.209,18 | $ 618.488,94 |
Ayudantes especializados |
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Peón único | $ 27.931,03 | $ 634.831,58 |
Peones de arroz, haras o cabañas | $ 27.988,89 | $ 636.192,87 |
Ovejeros | $ 28.309,83 | $ 641.443,67 |
Albañiles, carpinteros, cocineros, despenseros, herreros, jardineros, mecánicos (Generales y molineros), panaderos, pintores | $ 29.016,43 | $ 659.929,55 |
Apicultores, carniceros, cunicultores, domadores, futicultores, inseminadores, quinteros y talabarteros. | $ 29.016,43 | $ 659.929,55 |
Ordeñadores tamberos | $ 29.224,32
| $ 664.274,91 |
Ordeñadores tamberos con función de carreros | $ 30.095,86 | $ 684.606,47 |
Conductor de tractor, máquina cosechadora o agrícola | $ 30.353,56 | $ 688.881,21 |
Mecánicos tractoristas | $ 31.870,55 | $ 724.471,68 |
Personal jerarquizado |
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Puesteros |
| $ 681.858,42 |
Capataz |
| $ 752.127,96 |
Encargados |
| $ 793.419 |
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La Ley 26.727 de trabajo agrario establece que la vivienda provista por el empleador al trabajador rural tiene que reunir los requisitos del Título IV. Además, no se podrán aplicar deducciones en los ingresos.