El Gobierno oficializó a principios de la semana la reglamentación del Impuesto a las Ganancias aprobado dentro del Paquete Fiscal de la Ley Bases. El tributo afectará a casi un millón de trabajadores, y ya tiene el piso confirmado.
La norma mantiene el ingreso mínimo para pagar el impuesto en $ 1,8 millones para solteros, aproximadamente $ 1,5 millones netos; y en $ 2,2 millones para personas con dos hijos, unos $ 1,95 millones netos.
Antes, el mínimo no imponible era de 15 salarios mínimos, equivalentes a $ 2.340.000 hasta junio y $ 3,5 millones desde julio. La CGT había solicitado, sin éxito, que se hiciera una actualización del piso.
Los descuentos obligatorios (de jubilación, obra social y ley 19.032) que se efectúan sobre las remuneraciones están sujetos a topes que se definen mensualmente. Para junio de 2024 la base imponible tope es de $ 2.265.033,81.
De todas maneras, la actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Según estimaciones, hoy en la Argentina están exentos del Impuesto a las Ganancias entre 800 mil y un millón de trabajadores. Entre ellos se encuentran los bancarios, mineros, siderúrgicos, camioneros, aceiteros y personal jerárquico.
Ganancias: el Gobierno tomó una importante decisión sobre la actualización de las escalas
Estos grupos volverían a pagar el impuesto en alícuotas, que van del 5% al 35%. Los valores inician en casi $ 3000 mensuales hasta unos $ 60.000 para los que hoy están exentos. Y superan los $ 100.000 al mes para los que ganan más de $ 2.500.000 brutos.
Por otro lado, se incorporó que los pagos como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros) y zona patagónica quedan incluidos en el cálculo del impuesto.
La exención se centra en un grupo específico de empleados que realizan actividades esenciales para una industria clave en la economía argentina. Esta medida excluye explícitamente a personal directivo, ejecutivo y gerencial, asegurando que el beneficio se dirija específicamente a los operarios que desempeñan las funciones más técnicas y operativas en la industria.
La exención aplica específicamente al "personal de pozo" de la industria petrolera y gasífera. Este término incluye a empleados que realizan actividades como la exploración y perforación petrolífera o gasífera, tareas en boca de pozo, terminación, mantenimiento, reparación, intervención, producción, servicios de operaciones especiales y servicios de ecología y medioambiente.
Además, se reconoce como "personal de pozo" a los trabajadores que, aunque no se encuentren directamente en los pozos, desarrollan labores indisolubles a estas actividades, como la operación y mantenimiento de instalaciones necesarias para la producción de hidrocarburos.
El especialista tributario, Sebastián Domínguez, detalló cuáles son las modificaciones que se realizarán en Ganancias y qué deducciones se pueden hacer para pagar menos.
Se restablecen sobre la base imponible del impuesto las deducciones por
"Desde el 1 de enero 2024 no resultaban aplicables para los contribuyentes de hasta 15 SMVM (Salario, Mínimo, Vital y Móvil)", puntualizó.
Además, especificó que, en el caso de los alquileres, "se establece que los contratos de locación deben estar debidamente registrados en la AFIP para tener derecho a la deducción del 10% del monto de los alquileres de casa-habitación para propietarios e inquilinos con efecto para el período fiscal 2023 en adelante".
"Ese 10% que se suma ahora, es adicional sin límites, al 40% autorizado con tope que se deduce de la base imponible del impuesto", informó.