Pablo Caram, el hasta ahora intendente de Artigas y dirigente del Partido Nacional, presentó su renuncia tras haber sido condenado la semana pasada por un caso de horas extra irregulares en el gobierno departamental.
En su lugar, asumirá la escribana Elita Volpi, tercera en la línea de sucesión, según informaron Búsqueda y Telemundo.
La renuncia de Caram se produjo este lunes, luego de que el candidato del Partido Nacional, Álvaro Delgado, le solicitara dejar la intendencia y retirar su candidatura a diputado en las próximas elecciones de octubre. Ese mismo día, la Corte Electoral decidió inhabilitar tanto a Caram como a su sobrina Valentina Dos Santos, impidiéndoles ocupar cargos públicos mientras duren sus penas. Dos Santos también fue condenada, y en su caso por usurpación de funciones vinculadas al mismo caso de las horas extra irregulares.
La Junta Departamental de Artigas sesionó en la noche del lunes para definir quién asumiría el cargo tras las inhabilitaciones de Caram y Dos Santos. Durante la sesión, primero se votó aceptar la renuncia de Caram y luego la de su sobrina. La bancada del Frente Amplio optó por no votar en ambas instancias, argumentando que, al estar condenados, ambos quedaban automáticamente inhabilitados para ejercer.
Volpi, quien inicialmente ocupaba el tercer lugar en la línea de sucesión debido al fallecimiento en 2022 de Augusto Rodríguez, quien era su antecesor en la línea, fue confirmada para asumir el cargo. La escribana ya había desempeñado funciones interinas en la intendencia durante las licencias de Caram.
No obstante, Volpi también enfrenta problemas legales, ya que está siendo investigada por la Justicia por una presunta estafa millonaria a una estanciera de Brasil.
Al respecto, el presidente de la Junta Departamental, el edil nacionalista Nelton Barreda, explicó que el Departamento Jurídico de la Junta ha sostenido que Volpi está habilitada para ocupar el cargo, dado que no ha sido condenada, diferenciando su situación de la de Caram y Dos Santos.
Caram fue encontrado culpable del delito de omisión de los funcionarios públicos a denunciar, un fallo que ha tenido repercusiones significativas en el departamento.
Asimismo, Dos Santos recibió una condena por usurpación de funciones, siendo su pena conmutada a seis meses de libertad vigilada con tareas comunitarias.
La Corte Electoral, en una sesión extraordinaria celebrada el lunes, tomó la decisión unánime de inhabilitar a Caram y Dos Santos de ejercer cargos públicos mientras dure su condena, basándose en interpretaciones de la Constitución y confirmando la automática suspensión de la ciudadanía para ambos, lo que les impide políticamente ocupar el sillón comunal o presentarse para otros cargos.
Fuentes cercanas al intendente señalaron que Caram no tenía previsto presentar su renuncia hasta que la Corte Electoral comunicara su decisión respecto a la suspensión de su ciudadanía.
Esta suspensión emergió del consenso entre los abogados constitucionalistas, quienes consideran que una condena a prisión, aun con medidas sustitutivas, implica una inhabilitación automática para el ejercicio de cargos públicos.
Desde la Fiscalía General de la Nación se ha señalado que el delito imputado a Caram, conforme al artículo 177 del Código Penal, no lleva una pena accesoria de inhabilitación de por sí.
Sin embargo, los especialistas coinciden en que, al estar cumpliendo una condena, Caram y Dos Santos no pueden ejercer sus funciones ni ser postulados para otros cargos públicos.