Cuando una empresa, comercio o persona física, se niegan a emitir una factura al cliente bajo el argumento de que no la solicitó dentro del mes de la compra del bien o servicio, o con cualquier otro pretexto, el contribuyente puede pedir apoyo al SAT, para que por medio de su intervención le entreguen la factura.
La persona que necesita la factura puede solicitar al SAT el servicio de conciliación. Por esta vía, el contribuyente informa al SAT que una o uno de sus proveedores no le entregó la factura; la canceló sin motivo aparente o emitió un comprobante que no reconoce, o bien, para solicitar al receptor del comprobante que acepte la cancelación del documento cuando es procedente.
Con la información que el contribuyente proporciona al SAT se registra su solicitud y la autoridad emprende acciones para invitar a expedir, cancelar o aceptar la cancelación del comprobante.
Las personas deben brindar al fisco la mayor cantidad de datos posibles y aceptar el uso de datos personales para que la autoridad tributaria cuente con los elementos necesarios que le permitan atender el procedimiento.
Edilberto Castro, especialista en impuestos, explicó que como muchas empresas y negocios declaran el IVA a más tardar el 17 del mes siguiente, más unos 5 días dependiendo de la letra del RFC, ponen como requisito a los clientes que pidan la factura al cierre del mes en que se realizó la compra.
Aclaró que en realidad tienen la obligación de emitir la factura al cliente durante todo el año fiscal y/o los primeros tres meses del año siguiente, hasta que presenten su declaración anual.
El apoyo del SAT se puede pedir en cualquier momento ya que el servicio es en línea, por medio del chat, el asistente brinda al contribuyente un número de ticket de conversación y le proporciona el link en donde puede iniciar su procedimiento.
Luego le solicita al contribuyente ingresar en la siguiente liga para incorporar su solicitud: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/87088/solicitudes-por-la-no-emision-de-factura
En la misma liga, en contenido relacionado, el contribuyente podrá encontrar una guía de llenado de paso por paso de cómo realizar su solicitud.
La normatividad fiscal destaca que es violatorio de la Ley el negar la factura argumentando que no se solicitó en el momento de la transacción. Muchos negocios como gasolineras le dicen al contribuyente que la factura sólo se puede descargar en un portal que ellos señalan, si la solicitud se hace dentro del mes en que se contrató el servicio.
Pero el SAT afirma que el certificado CFDI se puede emitir con posterioridad, mientras sea en el mismo año fiscal en que se realizó la operación.
La autoridad afirma que es ilegal aumentar el precio al momento de facturar. El precio debe incluir el IVA, sin importar si se solicita o no la factura.